Martes 08 de Enero de 2019

MINISTERIO PUBLICO FISCAL / ROCA
Solicitud de autorización para ablación en el marco de la "Ley Justina" en caso de muerte violenta

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La fiscal jefe Graciela Echegaray realizó una solicitud de autorización para llevar a cabo una ablación en el marco del artículo 35 de la "Ley Justina", reglamentada este lunes pasado mediante un decreto presidencial y publicado en el Boletín Oficial; en el marco de una audiencia para tal fin ante la Jueza de Garantías que interviene en la feria, María Eugenia Gadano.

 

 Esta ley dispone que “toda persona capaz mayor de 18 años” es posible donante de órganos o tejidos, salvo que haya dejado constancia expresa de lo contrario". La presentación realizada por el Ministerio Público Fiscal, se encuentra enmarcada en el artículo 35 de la ley N° 27.447 "Ley de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células " en virtud del deceso por muerte violenta de un joven, ocurrida el día 7 de enero, a consecuencia de un hecho ocurrido en la localidad de Beltrán y que lleva adelante la fiscal adjunta Analía Alvarez, de la fiscalía descentralizada de Choele Choel.

El artículo 35 se refiere en particular a casos en muerte violenta y especifica que "antes de proceder a la ablación de los órganos y tejidos, se debe requerir la autorización del juez que entiende en la causa, el cual debe disponer la previa intervención del médico forense, policial o quien cumpla tal función, quien le debe informar si la misma no afecta el examen de autopsia".

En la audiencia realizada en el día de ayer; la Coordinadora Hospitalaria del INCUCAI, María Cristina Orlandi; local brindó precisiones respecto del protocolo de ablación de órganos llevado a cabo en esa institución y de las posibilidades de realización en este caso en particular. Asimismo el médico forense responsable de la realización de la autopsia, explicó las implicancias de la ablación en su realización.

La fiscal Jefe Echegaray solicitó además al Area de Salud Mental del Hospital Zonal que el cuerpo de psicológos de esa institución, intervengan brindando la contención necesaria a los familiares del joven.

La magistrada María Eugenia Gadano autorizó la realización de la ablación de los globos oculares de quien resultara víctima fatal de un hecho violento. Resolución que fue comunicada al órgano provincial de aplicación del INCUCAI para que se efectivice lo antes posible. Haciéndole saber al mismo que deberá informar sobre las condiciones del procedimiento al Tribunal con la consiguiente notificación a la familia de la víctima, de acuerdo a lo normado en el artículo 35 de la Ley Justina. Por último solicitó al Hospital Local brindar a los familiares de la víctima, la contención profesional necesaria.

Cabe recordar que esta norma tiene por objeto regular las actividades vinculadas a la obtención y utilización de órganos, tejidos y células de origen humano, en todo el territorio de la República Argentina y dispone que "toda persona capaz mayor de 18 años" es posible donante de órganos o tejidos, salvo que haya dejado constancia expresa de lo contrario". Su sanción fue el resultado del trabajo realizado por los padres de la niña de doce años Justina Lo Cane, luego de que falleciera a la espera de un trasplante de corazón.


Martes 08 de Enero de 2019
MINISTERIO PUBLICO FISCAL / ROCA
Solicitud de autorización para ablación en el marco de la "Ley Justina" en caso de muerte violenta
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La fiscal jefe Graciela Echegaray realizó una solicitud de autorización para llevar a cabo una ablación en el marco del artículo 35 de la "Ley Justina", reglamentada este lunes pasado mediante un decreto presidencial y publicado en el Boletín Oficial; en el marco de una audiencia para tal fin ante la Jueza de Garantías que interviene en la feria, María Eugenia Gadano.

 

 Esta ley dispone que “toda persona capaz mayor de 18 años” es posible donante de órganos o tejidos, salvo que haya dejado constancia expresa de lo contrario". La presentación realizada por el Ministerio Público Fiscal, se encuentra enmarcada en el artículo 35 de la ley N° 27.447 "Ley de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células " en virtud del deceso por muerte violenta de un joven, ocurrida el día 7 de enero, a consecuencia de un hecho ocurrido en la localidad de Beltrán y que lleva adelante la fiscal adjunta Analía Alvarez, de la fiscalía descentralizada de Choele Choel.

El artículo 35 se refiere en particular a casos en muerte violenta y especifica que "antes de proceder a la ablación de los órganos y tejidos, se debe requerir la autorización del juez que entiende en la causa, el cual debe disponer la previa intervención del médico forense, policial o quien cumpla tal función, quien le debe informar si la misma no afecta el examen de autopsia".

En la audiencia realizada en el día de ayer; la Coordinadora Hospitalaria del INCUCAI, María Cristina Orlandi; local brindó precisiones respecto del protocolo de ablación de órganos llevado a cabo en esa institución y de las posibilidades de realización en este caso en particular. Asimismo el médico forense responsable de la realización de la autopsia, explicó las implicancias de la ablación en su realización.

La fiscal Jefe Echegaray solicitó además al Area de Salud Mental del Hospital Zonal que el cuerpo de psicológos de esa institución, intervengan brindando la contención necesaria a los familiares del joven.

La magistrada María Eugenia Gadano autorizó la realización de la ablación de los globos oculares de quien resultara víctima fatal de un hecho violento. Resolución que fue comunicada al órgano provincial de aplicación del INCUCAI para que se efectivice lo antes posible. Haciéndole saber al mismo que deberá informar sobre las condiciones del procedimiento al Tribunal con la consiguiente notificación a la familia de la víctima, de acuerdo a lo normado en el artículo 35 de la Ley Justina. Por último solicitó al Hospital Local brindar a los familiares de la víctima, la contención profesional necesaria.

Cabe recordar que esta norma tiene por objeto regular las actividades vinculadas a la obtención y utilización de órganos, tejidos y células de origen humano, en todo el territorio de la República Argentina y dispone que "toda persona capaz mayor de 18 años" es posible donante de órganos o tejidos, salvo que haya dejado constancia expresa de lo contrario". Su sanción fue el resultado del trabajo realizado por los padres de la niña de doce años Justina Lo Cane, luego de que falleciera a la espera de un trasplante de corazón.