Jueves 28 de Mayo de 2020

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL / LUIS BELTRÁN
Donará barbijos al Hospital y a Unidad Policial de Luis Beltrán

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La fiscalía descentralizada de Choele Choel formuló cargos a un sujeto por haber violado el aislamiento social preventivo y obligatorio en dos oportunidades en Luis Beltrán. Tras realizarse la audiencia de imputación, se propuso que el imputado, bajo apercibimiento, done barbijos tanto al Hospital como a la Unidad 19 de dicha localidad.

 

Se sumaron a lo anterior otras pautas de conducta, entre ellas, respectar estrictamente los días de salida, establecidos por la autoridad competente, y los controles policiales, como tampoco abusar del consumo de alcohol ni de estupefacientes.

A través de la aplicación Zoom, el fiscal del caso Germán Balditarra junto a la defensora pública penal Josefina Santos propusieron la celebración de un acuerdo de suspensión de juicio a prueba, cuestión aceptada y homologada por el juez de Garantías Roberto Gaviña.

Según la acusación fiscal, el hombre violó las medidas establecidas en el Decreto Presidencial en dos oportunidades, además desoyó a los empleados policiales que se encontraban realizando tareas de prevención en relación a la pandemia.

La calificación legal por la cual se le formularon cargos es la de “resistencia a la autoridad (dos hechos), violación de medidas para impedir la introducción o propagación de una epidemia y desobediencia”, todo ello según los Artículos 237, 205, 239, y 45 del Código Penal.

Cabe mencionar que se trató de una audiencia multipropósito, cumpliendo con el principio de concentración establecido en el Art. 7 del Código Procesal Penal. 

Las partes acordaron en la misma jornada la suspensión de juicio a prueba, dando con ello cumplimiento al Art. 14 del Código Penal que prevee “la resolución del conflicto con el fin de contribuir a reestablecer la armonía entre sus protagonistas y la paz social”.


Jueves 28 de Mayo de 2020
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La fiscalía descentralizada de Choele Choel formuló cargos a un sujeto por haber violado el aislamiento social preventivo y obligatorio en dos oportunidades en Luis Beltrán. Tras realizarse la audiencia de imputación, se propuso que el imputado, bajo apercibimiento, done barbijos tanto al Hospital como a la Unidad 19 de dicha localidad.

 

Se sumaron a lo anterior otras pautas de conducta, entre ellas, respectar estrictamente los días de salida, establecidos por la autoridad competente, y los controles policiales, como tampoco abusar del consumo de alcohol ni de estupefacientes.

A través de la aplicación Zoom, el fiscal del caso Germán Balditarra junto a la defensora pública penal Josefina Santos propusieron la celebración de un acuerdo de suspensión de juicio a prueba, cuestión aceptada y homologada por el juez de Garantías Roberto Gaviña.

Según la acusación fiscal, el hombre violó las medidas establecidas en el Decreto Presidencial en dos oportunidades, además desoyó a los empleados policiales que se encontraban realizando tareas de prevención en relación a la pandemia.

La calificación legal por la cual se le formularon cargos es la de “resistencia a la autoridad (dos hechos), violación de medidas para impedir la introducción o propagación de una epidemia y desobediencia”, todo ello según los Artículos 237, 205, 239, y 45 del Código Penal.

Cabe mencionar que se trató de una audiencia multipropósito, cumpliendo con el principio de concentración establecido en el Art. 7 del Código Procesal Penal. 

Las partes acordaron en la misma jornada la suspensión de juicio a prueba, dando con ello cumplimiento al Art. 14 del Código Penal que prevee “la resolución del conflicto con el fin de contribuir a reestablecer la armonía entre sus protagonistas y la paz social”.