Martes 30 de Octubre de 2018

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL / GENERAL ROCA
Violencia de género: imputación por amenazas, coacción y desobediencia

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Esta mañana la fiscal titular de Violencia de género y doméstica Norma Reyes formuló cargos a un hombre de 47 años por los delitos de “amenazas simples, coacción, y lesiones leves agravadas por el vínculo y por haber sido cometido por un hombre contra una mujer y mediando violencia de género, con desobediencia a una orden judicial (dos hechos)”.

 

Según la acusación fiscal los hechos sucedieron en abril y octubre pasado. En la primera oportunidad, la víctima se encontraba con su pareja en la vivienda familiar y de un momento a otro comenzó a golpearla, insultarla y amenazarla de muerte. Seis días después, la mujer estaba en otra casa y se presentó su ex-pareja continuando con el hostigamiento y desobedeciendo de esa manera la prohibición de acercamiento y hostigamiento dispuesta por el Juzgado de Paz de Roca, ratificada por el Juzgado de Familia N°11, de la cual el imputado se encontraba debidamente notificado. El último hecho descrito en la formulación ocurrió el pasado 26 de octubre, cuando el sujeto se presentó en la vivienda de la señora y una vez más desobedeció la prohibición de acercamiento.

Como sustento probatorio la representante del Ministerio Público Fiscal mencionó el relato de la víctima, la pericia realizada por el médico forense del Cuerpo de Investigaciones Forense del Poder Judicial, las copias del expediente del Juzgado de Familia, el formulario de evaluación de Riesgo de Violencia de Género confeccionado por las profesionales de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), y el relato de testigos.

El defensor particular manifestó que su teoría consistiría en negar que los hechos hayan sucedido en la forma descrita por la fiscalía y solicitó a la juez de Garantías interviniente que no tuviera por formulados los hechos, ya que no habría testigos de los mismos.

Sobre ese punto la fiscal Reyes expresó que “este tipo de delitos, los de violencia de género, generalmente ocurren a puertas cerradas y no hay nadie más que víctima y victimario cuando ocurren. Por ello es que el testimonio de la denunciante es primordial para nuestra teoría del caso”.

Finalmente, la jueza tuvo por formulados los cargos en los términos realizados por Reyes. Cabe mencionar que se encuentran vigentes las medidas cautelares implementadas por el Juzgado de Familia N°11 respecto a la prohibición de acercamiento y de un botón antipánico con el que ya cuenta la víctima.

 


Martes 30 de Octubre de 2018
MINISTERIO PÚBLICO FISCAL / GENERAL ROCA
Violencia de género: imputación por amenazas, coacción y desobediencia
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Esta mañana la fiscal titular de Violencia de género y doméstica Norma Reyes formuló cargos a un hombre de 47 años por los delitos de “amenazas simples, coacción, y lesiones leves agravadas por el vínculo y por haber sido cometido por un hombre contra una mujer y mediando violencia de género, con desobediencia a una orden judicial (dos hechos)”.

 

Según la acusación fiscal los hechos sucedieron en abril y octubre pasado. En la primera oportunidad, la víctima se encontraba con su pareja en la vivienda familiar y de un momento a otro comenzó a golpearla, insultarla y amenazarla de muerte. Seis días después, la mujer estaba en otra casa y se presentó su ex-pareja continuando con el hostigamiento y desobedeciendo de esa manera la prohibición de acercamiento y hostigamiento dispuesta por el Juzgado de Paz de Roca, ratificada por el Juzgado de Familia N°11, de la cual el imputado se encontraba debidamente notificado. El último hecho descrito en la formulación ocurrió el pasado 26 de octubre, cuando el sujeto se presentó en la vivienda de la señora y una vez más desobedeció la prohibición de acercamiento.

Como sustento probatorio la representante del Ministerio Público Fiscal mencionó el relato de la víctima, la pericia realizada por el médico forense del Cuerpo de Investigaciones Forense del Poder Judicial, las copias del expediente del Juzgado de Familia, el formulario de evaluación de Riesgo de Violencia de Género confeccionado por las profesionales de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), y el relato de testigos.

El defensor particular manifestó que su teoría consistiría en negar que los hechos hayan sucedido en la forma descrita por la fiscalía y solicitó a la juez de Garantías interviniente que no tuviera por formulados los hechos, ya que no habría testigos de los mismos.

Sobre ese punto la fiscal Reyes expresó que “este tipo de delitos, los de violencia de género, generalmente ocurren a puertas cerradas y no hay nadie más que víctima y victimario cuando ocurren. Por ello es que el testimonio de la denunciante es primordial para nuestra teoría del caso”.

Finalmente, la jueza tuvo por formulados los cargos en los términos realizados por Reyes. Cabe mencionar que se encuentran vigentes las medidas cautelares implementadas por el Juzgado de Familia N°11 respecto a la prohibición de acercamiento y de un botón antipánico con el que ya cuenta la víctima.