En dos legajos penales diferentes, el Ministerio Público Fiscal le endilgó a dos hombres el delito de quebrantamiento de pena. Ambos fueron encontrados conduciendo vehículos de distinto porte a pesar de tener inhabilitación para hacerlo. Dicha prohibición les había sido impuesta en el marco de sendas condenas penales.
Para el inicio de tales procesos fue fundamental el trabajo de los agentes del Cuerpo de Seguridad Vial de la Policía de Río Negro que se encuentra ubicado sobre la Ruta Nacional 3, en el acceso a Viedma. El alerta surgió a partir de la búsqueda de los antecedentes de los conductores en la aplicación denominada Seguridad Activa.
El quebrantamiento de pena está incluido en el capítulo del Código Penal Argentino que impone sanciones a quienes transgredan normas pertenecientes a la administración pública. En este caso a ambos imputados se le endilgó la comisión del delito descripto en el Artículo 281 bis, que reprime por el lapso de “dos meses a dos años” a quien ”quebrantare una inhabilitación judicialmente impuesta”.
La evidencia en ambos casos se compuso de las respectivas sentencias penales, el informe del Cuerpo de Seguridad Vial rionegrino, actas de procedimiento y, entre otra documentación, el informe del Registro Nacional de Reincidencia.
Los casos
El primero de los casos se verificó el 11 de mayo pasado en horas de la mañana cuando un hombre oriundo de Puerto Madryn, que pretendía ingresar a Viedma conduciendo su automóvil, fue objeto de un control vehicular de rutina. Al cotejar su nombre en la App pudo corroborarse que estaba inhabilitado para conducir por el término de siete años.
Tal prohibición formaba parte de una condena penal, que incluía además, la prisión condicional de tres años impuesta por el Poder Judicial de la vecina provincia de Chubut.
El segundo de los imputados manejaba, en cambio, un colectivo que trasladaba a un equipo de fútbol desde Mar del Plata hacia Puerto Madryn. En ocasión de requerirse la documentación, la misma App alertó acerca de la inhabilitación para conducir, en este caso por diez años a partir del 2021.
El control fue realizado durante la madrugada del 30 de junio y los 50 integrantes del equipo deportivo debieron disponer de otra persona para poder retomar el viaje porque el imputado quedó aprehendido en la Comisaría primera de la capital provincial desde donde retornó a la provincia de Chaco de donde provenía.
(Foto: gentileza)
Dos hombres imputados por conducir vehículos estando inhabilitados
En dos legajos penales diferentes, el Ministerio Público Fiscal le endilgó a dos hombres el delito de quebrantamiento de pena. Ambos fueron encontrados conduciendo vehículos de distinto porte a pesar de tener inhabilitación para hacerlo. Dicha prohibición les había sido impuesta en el marco de sendas condenas penales.
Para el inicio de tales procesos fue fundamental el trabajo de los agentes del Cuerpo de Seguridad Vial de la Policía de Río Negro que se encuentra ubicado sobre la Ruta Nacional 3, en el acceso a Viedma. El alerta surgió a partir de la búsqueda de los antecedentes de los conductores en la aplicación denominada Seguridad Activa.
El quebrantamiento de pena está incluido en el capítulo del Código Penal Argentino que impone sanciones a quienes transgredan normas pertenecientes a la administración pública. En este caso a ambos imputados se le endilgó la comisión del delito descripto en el Artículo 281 bis, que reprime por el lapso de “dos meses a dos años” a quien ”quebrantare una inhabilitación judicialmente impuesta”.
La evidencia en ambos casos se compuso de las respectivas sentencias penales, el informe del Cuerpo de Seguridad Vial rionegrino, actas de procedimiento y, entre otra documentación, el informe del Registro Nacional de Reincidencia.
Los casos
El primero de los casos se verificó el 11 de mayo pasado en horas de la mañana cuando un hombre oriundo de Puerto Madryn, que pretendía ingresar a Viedma conduciendo su automóvil, fue objeto de un control vehicular de rutina. Al cotejar su nombre en la App pudo corroborarse que estaba inhabilitado para conducir por el término de siete años.
Tal prohibición formaba parte de una condena penal, que incluía además, la prisión condicional de tres años impuesta por el Poder Judicial de la vecina provincia de Chubut.
El segundo de los imputados manejaba, en cambio, un colectivo que trasladaba a un equipo de fútbol desde Mar del Plata hacia Puerto Madryn. En ocasión de requerirse la documentación, la misma App alertó acerca de la inhabilitación para conducir, en este caso por diez años a partir del 2021.
El control fue realizado durante la madrugada del 30 de junio y los 50 integrantes del equipo deportivo debieron disponer de otra persona para poder retomar el viaje porque el imputado quedó aprehendido en la Comisaría primera de la capital provincial desde donde retornó a la provincia de Chaco de donde provenía.
(Foto: gentileza)