Un tribunal penal de Bariloche condenó a un hombre a once años de prisión por dos hechos de abuso sexual agravado, cometidos contra dos niñas pertenecientes a su entorno familiar. La decisión fue tomada durante una audiencia de cesura celebrada el 15 de noviembre.
Ambos hechos fueron calificados como abuso sexual agravado, uno por la relación de guarda y el otro por el lazo familiar con las víctimas.
El tribunal al momento de tomar la decisión incluyó entre los agravantes la gravedad de los hechos, la corta edad de las víctimas, el vínculo familiar y el daño psicológico causado.
Durante la audiencia, el tribunal escuchó a tres testigos propuestos por la defensa. En cuanto a las partes, el fiscal jefe solicitó una pena de doce años de prisión, argumentando que debía respetarse la proporcionalidad y razonabilidad de la pena. Expresó también que "la individualización de la pena debe responder a criterios de culpabilidad y proporcionalidad", además de buscar una compensación justa para las víctimas, aunque señaló que "reparar los perjuicios resulta una quimera".
El fiscal jefe también destacó que el acusado utilizó su superioridad física y el rol de autoridad otorgado culturalmente para someter a las víctimas. Por otro lado, la defensa particular pidió que se le impusiera la pena mínima y cuestionó algunas medidas cautelares solicitadas, como la prohibición de salida del país, calificándola de excesiva hasta que la sentencia sea definitiva.
Los hechos ocurrieron en una vivienda de Bariloche en dos momentos distintos: en 2013, cuando una de las niñas estaba bajo su cuidado, y en 2018, cuando cometió el segundo abuso contra una niña de su entorno familiar directo.
En los próximos días se publicará la sentencia completa con los fundamentos de la decisión.
Un hombre fue condenado a once años de prisión por dos hechos de abuso sexual
Un tribunal penal de Bariloche condenó a un hombre a once años de prisión por dos hechos de abuso sexual agravado, cometidos contra dos niñas pertenecientes a su entorno familiar. La decisión fue tomada durante una audiencia de cesura celebrada el 15 de noviembre.
Ambos hechos fueron calificados como abuso sexual agravado, uno por la relación de guarda y el otro por el lazo familiar con las víctimas.
El tribunal al momento de tomar la decisión incluyó entre los agravantes la gravedad de los hechos, la corta edad de las víctimas, el vínculo familiar y el daño psicológico causado.
Durante la audiencia, el tribunal escuchó a tres testigos propuestos por la defensa. En cuanto a las partes, el fiscal jefe solicitó una pena de doce años de prisión, argumentando que debía respetarse la proporcionalidad y razonabilidad de la pena. Expresó también que "la individualización de la pena debe responder a criterios de culpabilidad y proporcionalidad", además de buscar una compensación justa para las víctimas, aunque señaló que "reparar los perjuicios resulta una quimera".
El fiscal jefe también destacó que el acusado utilizó su superioridad física y el rol de autoridad otorgado culturalmente para someter a las víctimas. Por otro lado, la defensa particular pidió que se le impusiera la pena mínima y cuestionó algunas medidas cautelares solicitadas, como la prohibición de salida del país, calificándola de excesiva hasta que la sentencia sea definitiva.
Los hechos ocurrieron en una vivienda de Bariloche en dos momentos distintos: en 2013, cuando una de las niñas estaba bajo su cuidado, y en 2018, cuando cometió el segundo abuso contra una niña de su entorno familiar directo.
En los próximos días se publicará la sentencia completa con los fundamentos de la decisión.