Martes 01 de Abril de 2025

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL / GENERAL ROCA
Condena por amenazas simples

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Este mediodía, se llegó a un acuerdo respecto del monto de pena en el marco de la causa iniciada por “amenazas simples” que un hombre le habría proferido a un jefe de la Policía retirado.

Con el consentimiento del damnificado - quien se comunicó con la fiscalía para expresar su conformidad con la realización de esta audiencia-, el juez homologó el acuerdo presentado por el Ministerio Público Fiscal y el defensor penal público, y condenó al hombre a la pena de 8 meses de prisión, que unificada a una anterior, resultó en una pena única de tres años de prisión de ejecución condicional, más dos años de reglas de conducta.

El condenado no puede acercarse a la víctima por un radio no menor a 100 metros, tampoco podrá hostigar ni tener contacto o realizar alguna publicación por ningún medio, no debe cometer nuevos delitos, debe fijar y mantener domicilio, realizar presentaciones trimestrales ante el IAPL. En caso de no cumplir esas reglas la fiscalía puede solicitar que se revoca la condicionalidad de la pena.

Las partes renunciaron a los plazos procesales, razón por la cual la condena comienza a cumplirse a partir de hoy.

Cabe recordar que oportunamente la fiscalía formuló cargos por un hecho que “habría ocurrido el 11 de junio de 2023, aproximadamente al mediodía, en el establecimiento comercial Easy, de General Roca, en la línea de cajas el imputado habría amenazado a la víctima de manera verbal”.

La calificación legal por la cual el Ministerio Público Fiscal solicitó la culpabilidad del imputado fue la de “amenazas simples”, en conformidad a los Artículos 45 y 149 bis 1er párrafo del Código Penal.

 


Martes 01 de Abril de 2025
MINISTERIO PÚBLICO FISCAL / GENERAL ROCA
Condena por amenazas simples
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Este mediodía, se llegó a un acuerdo respecto del monto de pena en el marco de la causa iniciada por “amenazas simples” que un hombre le habría proferido a un jefe de la Policía retirado.

Con el consentimiento del damnificado - quien se comunicó con la fiscalía para expresar su conformidad con la realización de esta audiencia-, el juez homologó el acuerdo presentado por el Ministerio Público Fiscal y el defensor penal público, y condenó al hombre a la pena de 8 meses de prisión, que unificada a una anterior, resultó en una pena única de tres años de prisión de ejecución condicional, más dos años de reglas de conducta.

El condenado no puede acercarse a la víctima por un radio no menor a 100 metros, tampoco podrá hostigar ni tener contacto o realizar alguna publicación por ningún medio, no debe cometer nuevos delitos, debe fijar y mantener domicilio, realizar presentaciones trimestrales ante el IAPL. En caso de no cumplir esas reglas la fiscalía puede solicitar que se revoca la condicionalidad de la pena.

Las partes renunciaron a los plazos procesales, razón por la cual la condena comienza a cumplirse a partir de hoy.

Cabe recordar que oportunamente la fiscalía formuló cargos por un hecho que “habría ocurrido el 11 de junio de 2023, aproximadamente al mediodía, en el establecimiento comercial Easy, de General Roca, en la línea de cajas el imputado habría amenazado a la víctima de manera verbal”.

La calificación legal por la cual el Ministerio Público Fiscal solicitó la culpabilidad del imputado fue la de “amenazas simples”, en conformidad a los Artículos 45 y 149 bis 1er párrafo del Código Penal.