En una audiencia desarrollada hoy, representantes del Ministerio Público de la Defensa apelaron la resolución judicial que tuvo por aceptada la formulación de cargos y la medida de prisión preventiva para las cinco personas acusadas de participar en la desaparición y homicidio de Julián Dobra.
La instancia comenzó con la oposición de la acusación, tanto pública como privada, a que se trataran los recursos presentados por las defensoras oficiales de los tres adultos y de las dos personas menores de edad. Argumentaron que desconocían los aspectos que iban a ser recurridos, por lo cual los recursos no debían haber sido concedidos.
Esta discusión fue dirimida por el juez de revisión, quien coincidió con esa postura. Sin embargo, para garantizar el derecho de defensa, permitió a la Defensa manifestar su posición respecto de la audiencia de formulación de cargos, en la que, además, se impusieron medidas cautelares privativas de la libertad. Dicha instancia se desarrolló el pasado viernes 9 y se extendió por más de cinco horas.
La defensora penal de los tres hombres mayores de edad fue la primera en hacer uso de la palabra. Solicitó la revocatoria de la resolución del juez de Garantías que tuvo por formulados los cargos y ordenó la prisión preventiva. "La Fiscalía detuvo para investigar, cuando hay que investigar para detener", enfatizó.
Señaló que el hecho atribuido a sus defendidos es “vago e impreciso” y sostuvo que, por tal motivo, ninguno de ellos comprendió cuál era la conducta por la que debía responder. Pidió la libertad de sus asistidos y que no se tengan por formulados los cargos. En cuanto a la prisión preventiva, cuestionó que el juez la haya dictado entendiendo que había elementos de convicción suficientes.
En contraposición a ello, la defensora leyó los indicios atribuidos a cada uno de ellos y los relacionó con la falta de descripción del hecho, al que consideró impreciso. Expresó que no hay en el caso prueba directa ni indirecta que vincule a los acusados.
Explicó que las evidencias expuestas consistieron en conjeturas sin sustento objetivo y reiteró su oposición a la prisión preventiva, por considerar que no se acreditaron los riesgos procesales que justificarían tal medida. Por este motivo, pidió su revocatoria y solicitó que sus asistidos transiten el proceso en libertad.
En caso de que esto fuera rechazado, planteó que, de imponerse medidas cautelares, se apliquen otras menos restrictivas, como la presentación periódica o el arresto domiciliario con tobillera electrónica. “Si esto procede incluso con personas que pueden esperar la firmeza de su condena por parte de la CSJN en libertad, con más razón en este caso, en el que rige el principio de inocencia y se está en una investigación incipiente”, concluyó.
Por su parte, la defensora de menores destacó que no hubo diferencias ni en el hecho ni en el sustento probatorio endilgado a los adultos, por lo que adhirió a los planteos expresados por su antecesora.
Agregó que la plataforma fáctica descripta en la audiencia por la fiscalía “no indicó fechas determinadas ni describió funciones”. Cuestionó la resolución judicial que aceptó una formulación de cargos “sin precisar qué ocurrió, quiénes lo hicieron, cuándo sucedió ni cuál fue la conducta concreta atribuida a los adolescentes”.
Señaló que esa imprecisión afectó el derecho de defensa de sus asistidos y manifestó que las evidencias expuestas por la fiscalía se basaron en suposiciones o hipótesis, sin presentar elementos de convicción suficientes para sostener la prisión preventiva. Consideró que tampoco se justificó la necesidad de esta medida para asegurar el desarrollo del proceso penal, que tal lo dispuesto por la Convención de los Derechos del niño la plantea como una medida de última ratio y por el menor tiempo posible. En este sentido solicitó que sea revocada. Ambas defensoras públicas hicieron reserva del caso federal.
La acusación, en tanto, requirió un cuarto intermedio para contestar cada uno de los cuestionamientos, y el juez interviniente lo concedió, dejando en manos de la Oficina Judicial la fijación de una nueva audiencia para escuchar las respuestas y resolver en consecuencia.
Defensoras oficiales impugnaron imputación y prisión preventiva de acusados de homicidio

En una audiencia desarrollada hoy, representantes del Ministerio Público de la Defensa apelaron la resolución judicial que tuvo por aceptada la formulación de cargos y la medida de prisión preventiva para las cinco personas acusadas de participar en la desaparición y homicidio de Julián Dobra.
La instancia comenzó con la oposición de la acusación, tanto pública como privada, a que se trataran los recursos presentados por las defensoras oficiales de los tres adultos y de las dos personas menores de edad. Argumentaron que desconocían los aspectos que iban a ser recurridos, por lo cual los recursos no debían haber sido concedidos.
Esta discusión fue dirimida por el juez de revisión, quien coincidió con esa postura. Sin embargo, para garantizar el derecho de defensa, permitió a la Defensa manifestar su posición respecto de la audiencia de formulación de cargos, en la que, además, se impusieron medidas cautelares privativas de la libertad. Dicha instancia se desarrolló el pasado viernes 9 y se extendió por más de cinco horas.
La defensora penal de los tres hombres mayores de edad fue la primera en hacer uso de la palabra. Solicitó la revocatoria de la resolución del juez de Garantías que tuvo por formulados los cargos y ordenó la prisión preventiva. "La Fiscalía detuvo para investigar, cuando hay que investigar para detener", enfatizó.
Señaló que el hecho atribuido a sus defendidos es “vago e impreciso” y sostuvo que, por tal motivo, ninguno de ellos comprendió cuál era la conducta por la que debía responder. Pidió la libertad de sus asistidos y que no se tengan por formulados los cargos. En cuanto a la prisión preventiva, cuestionó que el juez la haya dictado entendiendo que había elementos de convicción suficientes.
En contraposición a ello, la defensora leyó los indicios atribuidos a cada uno de ellos y los relacionó con la falta de descripción del hecho, al que consideró impreciso. Expresó que no hay en el caso prueba directa ni indirecta que vincule a los acusados.
Explicó que las evidencias expuestas consistieron en conjeturas sin sustento objetivo y reiteró su oposición a la prisión preventiva, por considerar que no se acreditaron los riesgos procesales que justificarían tal medida. Por este motivo, pidió su revocatoria y solicitó que sus asistidos transiten el proceso en libertad.
En caso de que esto fuera rechazado, planteó que, de imponerse medidas cautelares, se apliquen otras menos restrictivas, como la presentación periódica o el arresto domiciliario con tobillera electrónica. “Si esto procede incluso con personas que pueden esperar la firmeza de su condena por parte de la CSJN en libertad, con más razón en este caso, en el que rige el principio de inocencia y se está en una investigación incipiente”, concluyó.
Por su parte, la defensora de menores destacó que no hubo diferencias ni en el hecho ni en el sustento probatorio endilgado a los adultos, por lo que adhirió a los planteos expresados por su antecesora.
Agregó que la plataforma fáctica descripta en la audiencia por la fiscalía “no indicó fechas determinadas ni describió funciones”. Cuestionó la resolución judicial que aceptó una formulación de cargos “sin precisar qué ocurrió, quiénes lo hicieron, cuándo sucedió ni cuál fue la conducta concreta atribuida a los adolescentes”.
Señaló que esa imprecisión afectó el derecho de defensa de sus asistidos y manifestó que las evidencias expuestas por la fiscalía se basaron en suposiciones o hipótesis, sin presentar elementos de convicción suficientes para sostener la prisión preventiva. Consideró que tampoco se justificó la necesidad de esta medida para asegurar el desarrollo del proceso penal, que tal lo dispuesto por la Convención de los Derechos del niño la plantea como una medida de última ratio y por el menor tiempo posible. En este sentido solicitó que sea revocada. Ambas defensoras públicas hicieron reserva del caso federal.
La acusación, en tanto, requirió un cuarto intermedio para contestar cada uno de los cuestionamientos, y el juez interviniente lo concedió, dejando en manos de la Oficina Judicial la fijación de una nueva audiencia para escuchar las respuestas y resolver en consecuencia.