Esta mañana se conoció la resolución que por unanimidad condenó a un hombre a 18 años de prisión. El Tribunal interviniente ya lo había declarado responsable penal por los delitos de abuso sexual agravado, homicidio doblemente agravado por femicidio y para lograr la impunidad de otro delito en perjuicio de una adolescente y homicidio criminis contra otro sujeto, ambos delitos en grado de tentativa.
Los hechos objeto de este juicio ocurrieron en el mes de febrero de 2019 en una zona de chacras de Villa Regina. El hombre se había mantenido prófugo hasta 2024. En aquel momento intentó ahogar a una adolescente en un canal para ocultar el delito contra la integridad sexual que ya había cometido. Sin embargo, no pudo lograr su objetivo porque vecinos escucharon los gritos y se acercaron con una linterna. Ante ello, el imputado se dio a la fuga.
En la audiencia de cesura de pena realizada la semana pasada, la Fiscalía analizó los mínimos y máximos previstos en la escala penal para estos delitos. La representante del Ministerio Público explicó que la escala penal aplicable en este caso se extiende de 10 a 50 años de prisión. Fundó su solicitud en los parámetros del artículo 40 y 41 del Código Penal, y se apoyó en precedentes del Superior Tribunal de Justicia de la provincia y del Tribunal de Impugnación.
La Fiscalía valoró como agravantes la edad y el género de la víctima, las circunstancias en que ocurrieron los hechos, el uso de alcohol para facilitar la situación de vulnerabilidad, la nocturnidad y el aislamiento del lugar donde ocurrió el suceso. También consideró las consecuencias psíquicas que sufrió la víctima, que surgieron durante el debate y fueron corroboradas por pericias y declaraciones testimoniales.
La parte acusadora también destacó que la persona acusada no registraba antecedentes condenatorios, hecho que fue introducido como el único elemento atenuante. No obstante, señaló que posteriormente a los hechos se fugó, lo que motivó una declaración de rebeldía hasta junio de 2024. También mencionó su actitud durante el juicio como otro elemento a considerar en la cuantificación de la pena.
La defensa, por su parte, solicitó una pena de 11 años de prisión. Argumentó que el acusado tuvo una vida marcada por la precariedad social, que vivió en condiciones de marginalidad y que trabajó desde muy joven como cartonero y cosechador. También remarcó la ausencia de antecedentes penales previos y su rol como sostén de su madre y su familia. Cuestionó la valoración fiscal de algunos elementos y solicitó al tribunal que considerara la aplicación de una pena que permitiera una futura reinserción social.
Condenaron a un hombre a 18 años de prisión por delitos contra la integridad sexual y tentativas de homicidio
Esta mañana se conoció la resolución que por unanimidad condenó a un hombre a 18 años de prisión. El Tribunal interviniente ya lo había declarado responsable penal por los delitos de abuso sexual agravado, homicidio doblemente agravado por femicidio y para lograr la impunidad de otro delito en perjuicio de una adolescente y homicidio criminis contra otro sujeto, ambos delitos en grado de tentativa.
Los hechos objeto de este juicio ocurrieron en el mes de febrero de 2019 en una zona de chacras de Villa Regina. El hombre se había mantenido prófugo hasta 2024. En aquel momento intentó ahogar a una adolescente en un canal para ocultar el delito contra la integridad sexual que ya había cometido. Sin embargo, no pudo lograr su objetivo porque vecinos escucharon los gritos y se acercaron con una linterna. Ante ello, el imputado se dio a la fuga.
En la audiencia de cesura de pena realizada la semana pasada, la Fiscalía analizó los mínimos y máximos previstos en la escala penal para estos delitos. La representante del Ministerio Público explicó que la escala penal aplicable en este caso se extiende de 10 a 50 años de prisión. Fundó su solicitud en los parámetros del artículo 40 y 41 del Código Penal, y se apoyó en precedentes del Superior Tribunal de Justicia de la provincia y del Tribunal de Impugnación.
La Fiscalía valoró como agravantes la edad y el género de la víctima, las circunstancias en que ocurrieron los hechos, el uso de alcohol para facilitar la situación de vulnerabilidad, la nocturnidad y el aislamiento del lugar donde ocurrió el suceso. También consideró las consecuencias psíquicas que sufrió la víctima, que surgieron durante el debate y fueron corroboradas por pericias y declaraciones testimoniales.
La parte acusadora también destacó que la persona acusada no registraba antecedentes condenatorios, hecho que fue introducido como el único elemento atenuante. No obstante, señaló que posteriormente a los hechos se fugó, lo que motivó una declaración de rebeldía hasta junio de 2024. También mencionó su actitud durante el juicio como otro elemento a considerar en la cuantificación de la pena.
La defensa, por su parte, solicitó una pena de 11 años de prisión. Argumentó que el acusado tuvo una vida marcada por la precariedad social, que vivió en condiciones de marginalidad y que trabajó desde muy joven como cartonero y cosechador. También remarcó la ausencia de antecedentes penales previos y su rol como sostén de su madre y su familia. Cuestionó la valoración fiscal de algunos elementos y solicitó al tribunal que considerara la aplicación de una pena que permitiera una futura reinserción social.