Este mediodía el equipo de la fiscalía descentralizada de Villa Regina junto a la defensa particular de un hombre imputado por la muerte de Marcelo Suárez, presentaron al Juez de Garantías un acuerdo de procedimiento abreviado. Todo ello contando con el aval de la familia de la víctima,
De esta manera, tras haber aceptado su responsabilidad en el hecho, la calificación legal y la pena, el imputado comenzó a cumplir la condena de tres años de prisión en suspenso y las reglas de conducta a partir de hoy.
En una primera instancia la fiscalía explicó que “tras un año de investigación, de recolectar pruebas, comprobar indicios, las evidencias han permitido reconstruir los hechos de aquella noche del 12 de marzo de 2024”.
“El imputado advirtió que en el interior de la chacra de Ingeniero Huergo donde vive y trabaja junto a su familia, Suárez estaba sustrayendo bolsas de cebolla. Al ser sorprendido, comenzó a correr y el imputado -temiendo por su integridad física y la de su familia, que se encontraba a escasos metros- y como reacción inmediata utilizó un arma de fuego para dispararle a Suarez y provocarle la muerte”, describió la fiscal del caso.
La calificación legal por la cual el juez de Garantías homologó el acuerdo es la de “homicidio simple con exceso en la legítima defensa en concurso real con portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal”, según los Artículos 35, 45, 79, 189 bis del Código Penal.
Entre el sustento probatorio para la instancia realizada hoy se encuentra tanto el sustento probatorio de la fiscalía como el de la defensa particular. Esto es: el acta de procedimiento policial de la Comisaría 16a., el croquis referencial del lugar del hecho, la intervención del médico policial que constató las lesiones que presentaba la víctima como también el informe de la autopsia realizado por el Cuerpo de Investigación Forense.
Se agrega a lo anterior las entrevistas concretadas, el reporte del Gabinete de Criminalística, el informe balístico realizado por la Unidad de Investigación Técnico Científica del Departamento de Análisis Balístico dependiente del Ministerio Público. “Este informe fue esclarecedor respecto de las distancias, la trayectoria del proyectil y demás indicios que señalan la defensa por parte del imputado frente a la experiencia traumática que estaba viviendo”, detalló la fiscalía.
“Tenemos en cuenta que este hecho se dio en un contexto de oscuridad obsoluta, en un lugar practicamente despoblado, que hicieron que el accionar del imputado fuera comprensible en el marco del contexto descripto”, dijo la representante fiscal.
El hombre no registra antecedentes penales computables y en relación a los atenuantes la fiscalía subrayó el contexto de agresión que se pudo acreditar, que cuenta con arraigo tanto laboral, como familiar y social, tiene residencia fija, desarrolla su actividad económica en la zona, tiene familia a cargo.
“No debemos olvidar su colaboración en el proceso, tampoco intentó sustraerse del accionar de la justicia, facilitó el trabajo policial tanto en el momento inmediato al hecho como a lo largo de toda la investigación”, enumeró la fiscal del caso.
“Queremos mencionar que este Ministerio se comunicó con la madre de la víctima, se le han brindado los detalles respecto de este legajo, y ella no presentó objeciones respecto del acuerdo”, aclaró la representante fiscal.
Por su parte, el defensor particular destacó que “la pericia psicológica arrojó que mi asistido estaba atemorizado, que muestra remordimiento y culpa. Además, se le han explicado los alcances de este tipo de juicio abreviado, las pautas de conducta que deberá cumplir y la pena”.
Finalmente, el juez de Garantías interviniente, tras consultarle a las partes si renunciaban a los plazos procesales, se dirigió al imputado que se declaró culpable del hecho descripto, aceptó la calificación legal y aceptó la pena.
El hombre, ahora condenado a la pena de tres años de prisión en suspenso, deberá además fijar y mantener domicilio, abstenerse de usar estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas, presentaciones trimestrales en el IAPL, someterse a tratamiento psicológico, no podrá portar, ni tener, ni adquirir o utilizar armas de fuego por el término de la condena, y no podrá acercarse a la familia de la víctima fatal.
Aceptó su responsabilidad y deberá cumplir una pena en suspenso
Este mediodía el equipo de la fiscalía descentralizada de Villa Regina junto a la defensa particular de un hombre imputado por la muerte de Marcelo Suárez, presentaron al Juez de Garantías un acuerdo de procedimiento abreviado. Todo ello contando con el aval de la familia de la víctima,
De esta manera, tras haber aceptado su responsabilidad en el hecho, la calificación legal y la pena, el imputado comenzó a cumplir la condena de tres años de prisión en suspenso y las reglas de conducta a partir de hoy.
En una primera instancia la fiscalía explicó que “tras un año de investigación, de recolectar pruebas, comprobar indicios, las evidencias han permitido reconstruir los hechos de aquella noche del 12 de marzo de 2024”.
“El imputado advirtió que en el interior de la chacra de Ingeniero Huergo donde vive y trabaja junto a su familia, Suárez estaba sustrayendo bolsas de cebolla. Al ser sorprendido, comenzó a correr y el imputado -temiendo por su integridad física y la de su familia, que se encontraba a escasos metros- y como reacción inmediata utilizó un arma de fuego para dispararle a Suarez y provocarle la muerte”, describió la fiscal del caso.
La calificación legal por la cual el juez de Garantías homologó el acuerdo es la de “homicidio simple con exceso en la legítima defensa en concurso real con portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal”, según los Artículos 35, 45, 79, 189 bis del Código Penal.
Entre el sustento probatorio para la instancia realizada hoy se encuentra tanto el sustento probatorio de la fiscalía como el de la defensa particular. Esto es: el acta de procedimiento policial de la Comisaría 16a., el croquis referencial del lugar del hecho, la intervención del médico policial que constató las lesiones que presentaba la víctima como también el informe de la autopsia realizado por el Cuerpo de Investigación Forense.
Se agrega a lo anterior las entrevistas concretadas, el reporte del Gabinete de Criminalística, el informe balístico realizado por la Unidad de Investigación Técnico Científica del Departamento de Análisis Balístico dependiente del Ministerio Público. “Este informe fue esclarecedor respecto de las distancias, la trayectoria del proyectil y demás indicios que señalan la defensa por parte del imputado frente a la experiencia traumática que estaba viviendo”, detalló la fiscalía.
“Tenemos en cuenta que este hecho se dio en un contexto de oscuridad obsoluta, en un lugar practicamente despoblado, que hicieron que el accionar del imputado fuera comprensible en el marco del contexto descripto”, dijo la representante fiscal.
El hombre no registra antecedentes penales computables y en relación a los atenuantes la fiscalía subrayó el contexto de agresión que se pudo acreditar, que cuenta con arraigo tanto laboral, como familiar y social, tiene residencia fija, desarrolla su actividad económica en la zona, tiene familia a cargo.
“No debemos olvidar su colaboración en el proceso, tampoco intentó sustraerse del accionar de la justicia, facilitó el trabajo policial tanto en el momento inmediato al hecho como a lo largo de toda la investigación”, enumeró la fiscal del caso.
“Queremos mencionar que este Ministerio se comunicó con la madre de la víctima, se le han brindado los detalles respecto de este legajo, y ella no presentó objeciones respecto del acuerdo”, aclaró la representante fiscal.
Por su parte, el defensor particular destacó que “la pericia psicológica arrojó que mi asistido estaba atemorizado, que muestra remordimiento y culpa. Además, se le han explicado los alcances de este tipo de juicio abreviado, las pautas de conducta que deberá cumplir y la pena”.
Finalmente, el juez de Garantías interviniente, tras consultarle a las partes si renunciaban a los plazos procesales, se dirigió al imputado que se declaró culpable del hecho descripto, aceptó la calificación legal y aceptó la pena.
El hombre, ahora condenado a la pena de tres años de prisión en suspenso, deberá además fijar y mantener domicilio, abstenerse de usar estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas, presentaciones trimestrales en el IAPL, someterse a tratamiento psicológico, no podrá portar, ni tener, ni adquirir o utilizar armas de fuego por el término de la condena, y no podrá acercarse a la familia de la víctima fatal.