Se formularon cargos en la mañana de hoy a una mujer como presunta coautora del delito de encubrimiento por receptación sospechosa. Según la acusación, la mujer habría recibido en su cuenta bancaria dinero proveniente de una estafa cometida contra otra mujer que denunció el hecho ante la Fiscalía.
El hecho sucedió el 29 de abril de 2025, cuando personas desconocidas hackearon la cuenta de WhatsApp de un familiar de la víctima. Mediante engaños, lograron que la ésta transfiriera la suma total de 3.100.000 pesos a dos cuentas distintas; una de ellas a nombre de la imputada.
De acuerdo con la investigación preliminar, informes de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITEL) y de una empresa de billetera virtual indican que la cuenta de ella recibió 1.900.000 pesos el mismo día del hecho y que dispuso del dinero inmediatamente mediante transferencias a otras cuentas. También se estableció que existieron movimientos de dinero entre las cuentas de ambos imputados.
La imputada manifestó en la audiencia “nunca tuve una aplicación de las que están diciendo, nunca tuve una billetera virtual, nunca recibí plata de nada”, y negó conocer a las personas mencionadas en la acusación.
Por su parte, la Defensa Pública Penal sostuvo que la imputación resultaba “prematura” y que, según la hipótesis fiscal, la cuenta atribuida a la mujer habría funcionado como un “término medio” en la transferencia de los fondos, por lo que su defendida podría haber sido también damnificada. Planteó que no se contaba aún con la identificación de los titulares de las cuentas receptoras finales del dinero y cuestionó la calificación legal.
En su resolución, el Juez de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos contra la mujer por el hecho relatado, calificándolo provisoriamente como encubrimiento por receptación sospechosa, en carácter de autora, artículos 277 inciso 3° y 45 del Código Penal.
El magistrado otorgó a las partes un plazo de investigación penal preparatoria hasta el 14 de diciembre de 2025, a fin de que se produzcan las diligencias y reúnan los elementos que respalden sus respectivas teorías del caso.
Aún resta realizar una audiencia para formular cargos a un hombre por este mismo hecho, el cual en esta ocasión no fue notificado.
Una mujer imputada por encubrimiento por receptación sospechosa
Se formularon cargos en la mañana de hoy a una mujer como presunta coautora del delito de encubrimiento por receptación sospechosa. Según la acusación, la mujer habría recibido en su cuenta bancaria dinero proveniente de una estafa cometida contra otra mujer que denunció el hecho ante la Fiscalía.
El hecho sucedió el 29 de abril de 2025, cuando personas desconocidas hackearon la cuenta de WhatsApp de un familiar de la víctima. Mediante engaños, lograron que la ésta transfiriera la suma total de 3.100.000 pesos a dos cuentas distintas; una de ellas a nombre de la imputada.
De acuerdo con la investigación preliminar, informes de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITEL) y de una empresa de billetera virtual indican que la cuenta de ella recibió 1.900.000 pesos el mismo día del hecho y que dispuso del dinero inmediatamente mediante transferencias a otras cuentas. También se estableció que existieron movimientos de dinero entre las cuentas de ambos imputados.
La imputada manifestó en la audiencia “nunca tuve una aplicación de las que están diciendo, nunca tuve una billetera virtual, nunca recibí plata de nada”, y negó conocer a las personas mencionadas en la acusación.
Por su parte, la Defensa Pública Penal sostuvo que la imputación resultaba “prematura” y que, según la hipótesis fiscal, la cuenta atribuida a la mujer habría funcionado como un “término medio” en la transferencia de los fondos, por lo que su defendida podría haber sido también damnificada. Planteó que no se contaba aún con la identificación de los titulares de las cuentas receptoras finales del dinero y cuestionó la calificación legal.
En su resolución, el Juez de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos contra la mujer por el hecho relatado, calificándolo provisoriamente como encubrimiento por receptación sospechosa, en carácter de autora, artículos 277 inciso 3° y 45 del Código Penal.
El magistrado otorgó a las partes un plazo de investigación penal preparatoria hasta el 14 de diciembre de 2025, a fin de que se produzcan las diligencias y reúnan los elementos que respalden sus respectivas teorías del caso.
Aún resta realizar una audiencia para formular cargos a un hombre por este mismo hecho, el cual en esta ocasión no fue notificado.