Hace instantes la fiscalía solicitó el embargo preventivo, la prohibición de innovar y la inhibición general de bienes del imputado que el jueves pasado se fugó tras conocer la resolución respecto de la prisión preventiva por su condena -firme en la provincia de Rio Negro- por abuso sexual con acceso carnal.
“El Ministerio Público Fiscal busca con esta solicitud evitar el sostenimiento de la fuga y asegurar el pago de las costas que el proceso pueda tener, tal como esgrime el Artículo 117 del Código Procesal Penal”, explicó en la audiencia.
De esta manera, tras conocer los argumentos vertidos, el Tribunal interviniente resolvió en favor a la petición fiscal y determinó: “embargo preventivo sobre el cuarenta por ciento de las cuotas sociales y las utilidades que las mismas generen, que el imputado posee en una empresa de transporte y logística; la prohibición de innovar respecto de ese porcentaje para impedir la transferencia, venta o gravamen de las participaciones del imputado sin autorización judicial; la inhibición general de bienes del imputado para que no pueda vender, gravar ni disponer de bienes registrables sin autorización judicial.
Dichas medidas fueron dispuestas hoy a través de oficio en la Inspección de Personas Jurídicas y los organismos correspondientes.
Inhibición y prohibición de innovar bienes que posee imputado fugado
Hace instantes la fiscalía solicitó el embargo preventivo, la prohibición de innovar y la inhibición general de bienes del imputado que el jueves pasado se fugó tras conocer la resolución respecto de la prisión preventiva por su condena -firme en la provincia de Rio Negro- por abuso sexual con acceso carnal.
“El Ministerio Público Fiscal busca con esta solicitud evitar el sostenimiento de la fuga y asegurar el pago de las costas que el proceso pueda tener, tal como esgrime el Artículo 117 del Código Procesal Penal”, explicó en la audiencia.
De esta manera, tras conocer los argumentos vertidos, el Tribunal interviniente resolvió en favor a la petición fiscal y determinó: “embargo preventivo sobre el cuarenta por ciento de las cuotas sociales y las utilidades que las mismas generen, que el imputado posee en una empresa de transporte y logística; la prohibición de innovar respecto de ese porcentaje para impedir la transferencia, venta o gravamen de las participaciones del imputado sin autorización judicial; la inhibición general de bienes del imputado para que no pueda vender, gravar ni disponer de bienes registrables sin autorización judicial.
Dichas medidas fueron dispuestas hoy a través de oficio en la Inspección de Personas Jurídicas y los organismos correspondientes.