Lunes 13 de Octubre de 2025

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL / VILLA REGINA
Solicitan pena efectiva por privación ilegítima de la libertad y otros delitos

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Esta mañana culminó la segunda etapa del juicio que se lleva adelante contra un hombre de 29 años por cuatro hechos, uno de ellos vinculado a la privación ilegítima de la libertad de su ex pareja.

El equipo de la fiscalía descentralizada de Villa Regina solicitó al Tribunal Colegiado interviniente que el imputado ya declarado responsable penal por hechos cometidos en noviembre de 2023, sea condenado a la pena de seis años y seis meses de prisión, más accesorias legales y costas del proceso.

Mientras que el defensor penal público insistió en que reciba la pena de tres años de ejecución condicional.

Durante los alegatos de clausura, la fiscal del caso destacó la declaración brindada esta mañana por la psicóloga integrante de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI) que relató que la intervención sucedió desde un primer momento el día en que ocurrieron los hechos con la llegada del COER a la casa donde estaba la víctima, su hija y el imputado. “Luego se hizo un seguimiento que arroja como resultado que la señora a raíz de todo lo acontecido y por la duración en el tiempo, no ha podido romper con la sensación de las situaciones de control que el imputado ha ejercido sobre ella”, explicó la licenciada.

“Para solicitar el monto de pena debemos valorar los agravantes, el estado de la víctima en el momento del hecho y durante proceso. Todos los hechos fueron cometidos delante de la hija menor, ambas son víctimas del accionar del imputado. Además el impacto que han generado los hechos juzgados en la mujer, las consecuencias de la violencia de género perduran”, argumentó la fiscalía.

“No podemos dejar de tener presente el comportamiento del imputado durante este tiempo respecto de las medidas cautelares, que no ha sido el correcto, ya que ha hecho caso omiso a las mismas y por esa razón llega a esta audiencia detenido”, agregó la representante del Ministerio Público Fiscal.

Por su parte, el defensor penal público expresó que “escuchamos la declaración de la madre de mi asistido, que expresó que han sufrido vulnerabilidades como familia, además las consecuencias respecto de los hijos del imputado ya que hace más de un año que está preso, sin embargo durante este período mi asistido no molestó a la víctima”.

“Por todo ello es que solicitamos una pena de tres años de ejecución condicional”, concluyó el defensor.

La lectura de la sentencia por parte del Tribunal Colegiado sucederá el próximo viernes 17 de octubre a las 10:00.

La calificación legal por la que se lo declaró responsable penal:
Hecho 1: “lesiones leves calificadas por el vínculo y por haber sido cometidas por un hombre contra una mujer mediando violencia de género y amenazas con armas”, según los Artículos 45, 89 y 90 en función del 80 incs. 1 y 11 149 bis primer párrafo segundo supuesto.

Hecho 2: “violación de domicilio, amenazas coactivas con armas y privación ilegítima de la libertad agravada por ser cometida contra su pareja”, según los Artículos 45, 150, 149 ter inc. 1, 142 inc. 2.

Hecho 3: “atentado contra la autoridad agravado por el uso de arma y por poner manos en la autoridad y lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra un miembro de las fuerzas de seguridad”, según los Artículos 45, 237, 89, 92 en función del 80 inc. 8.

Hecho 4: “desobediencia a una orden judicial”, según los Artículos 45 y 239, todos del Código Penal.


Lunes 13 de Octubre de 2025
MINISTERIO PÚBLICO FISCAL / VILLA REGINA
Solicitan pena efectiva por privación ilegítima de la libertad y otros delitos
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Esta mañana culminó la segunda etapa del juicio que se lleva adelante contra un hombre de 29 años por cuatro hechos, uno de ellos vinculado a la privación ilegítima de la libertad de su ex pareja.

El equipo de la fiscalía descentralizada de Villa Regina solicitó al Tribunal Colegiado interviniente que el imputado ya declarado responsable penal por hechos cometidos en noviembre de 2023, sea condenado a la pena de seis años y seis meses de prisión, más accesorias legales y costas del proceso.

Mientras que el defensor penal público insistió en que reciba la pena de tres años de ejecución condicional.

Durante los alegatos de clausura, la fiscal del caso destacó la declaración brindada esta mañana por la psicóloga integrante de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI) que relató que la intervención sucedió desde un primer momento el día en que ocurrieron los hechos con la llegada del COER a la casa donde estaba la víctima, su hija y el imputado. “Luego se hizo un seguimiento que arroja como resultado que la señora a raíz de todo lo acontecido y por la duración en el tiempo, no ha podido romper con la sensación de las situaciones de control que el imputado ha ejercido sobre ella”, explicó la licenciada.

“Para solicitar el monto de pena debemos valorar los agravantes, el estado de la víctima en el momento del hecho y durante proceso. Todos los hechos fueron cometidos delante de la hija menor, ambas son víctimas del accionar del imputado. Además el impacto que han generado los hechos juzgados en la mujer, las consecuencias de la violencia de género perduran”, argumentó la fiscalía.

“No podemos dejar de tener presente el comportamiento del imputado durante este tiempo respecto de las medidas cautelares, que no ha sido el correcto, ya que ha hecho caso omiso a las mismas y por esa razón llega a esta audiencia detenido”, agregó la representante del Ministerio Público Fiscal.

Por su parte, el defensor penal público expresó que “escuchamos la declaración de la madre de mi asistido, que expresó que han sufrido vulnerabilidades como familia, además las consecuencias respecto de los hijos del imputado ya que hace más de un año que está preso, sin embargo durante este período mi asistido no molestó a la víctima”.

“Por todo ello es que solicitamos una pena de tres años de ejecución condicional”, concluyó el defensor.

La lectura de la sentencia por parte del Tribunal Colegiado sucederá el próximo viernes 17 de octubre a las 10:00.

La calificación legal por la que se lo declaró responsable penal:
Hecho 1: “lesiones leves calificadas por el vínculo y por haber sido cometidas por un hombre contra una mujer mediando violencia de género y amenazas con armas”, según los Artículos 45, 89 y 90 en función del 80 incs. 1 y 11 149 bis primer párrafo segundo supuesto.

Hecho 2: “violación de domicilio, amenazas coactivas con armas y privación ilegítima de la libertad agravada por ser cometida contra su pareja”, según los Artículos 45, 150, 149 ter inc. 1, 142 inc. 2.

Hecho 3: “atentado contra la autoridad agravado por el uso de arma y por poner manos en la autoridad y lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra un miembro de las fuerzas de seguridad”, según los Artículos 45, 237, 89, 92 en función del 80 inc. 8.

Hecho 4: “desobediencia a una orden judicial”, según los Artículos 45 y 239, todos del Código Penal.