Lunes 27 de Octubre de 2025

MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA / CIPOLLETTI
Garantizan el acuerdo de visitas que tenía un papá con sus hijas

WhatsApp | Enviar por Mail | Copiar Enlace | Descargar Noticia

Un hombre de Cipolletti consiguió que se establezca un régimen de comunicación para ver a sus dos hijas pese a la negativa de la madre. Solicitó al juez que se respete la misma cantidad de días y horas que tenían antes del proceso judicial, en el marco de un acuerdo de palabra al que habían arribado ambos progenitores.

El hombre fue asistido por una defensora pública quien presentó la demanda en el mes de mayo. Según informaron, el señor siempre tuvo contacto con sus dos hijas de 11 y 9 años, incluso “llegando a compartir la misma cantidad de tiempo con ellas que la madre hasta que el mismo fue interrumpido intempestivamente por ésta sin fundamento alguno”.

El régimen propuesto contempla los encuentros en días hábiles, retirando a las nenas del colegio y posibilitando a la madre que trabaje, sumado a las visitas los fines de semana. También establece los encuentros en días feriados, vacaciones escolares y fiestas de Fin de Año. El juez aclara que se trata de un régimen flexible, quiere decir que se tendrá en cuenta las decisiones de las menores y sus posibilidades ante eventuales modificaciones.

La defensora expresó que el Código Civil y Comercial de la Nación propende a un amplio régimen de comunicación entre los progenitores no convivientes y sus hijos, bregando porque tal contacto no se corte y que los progenitores convivientes tienen el deber de hacer que el mismo se cumpla.

En audiencia se conoció las opiniones de las integrantes del Equipo Interdisciplinario del Juzgado y de la Defensora de Menores quienes expresaron que ambas niñas manifestaron expresamente su deseo de mantener contacto con su progenitor y que se encuentran dadas las condiciones.

El acuerdo obtuvo el aval del Tribunal de Primera Instancia, y debido a un recurso de apelación interpuesto por la progenitora, intervino la Cámara de Apelaciones, que rechazó la queja y homologó el acuerdo.

“Según el criterio e interpretación de esta Cámara, el mismo importa una justa composición de los derechos e intereses de las mismas”, cita la sentencia de la Cámara.

 

¿Qué implica una demanda por régimen de comunicación y dónde tramitarla en Cipolletti?

Un régimen de comunicación es el conjunto de pautas, acordadas o fijadas judicialmente, que permiten a un progenitor que no convive con su hijo o hija mantener contacto regular, así como con otros familiares cercanos. 

En Río Negro se debe agotar la instancia de mediación prejudicial antes de iniciar una demanda. Este proceso se puede iniciar con un abogado particular o solicitar la asistencia de una Defensoría Pública.

En Cipolletti el Centro de Acceso a la Defensa Pública para mediaciones (Cadep-Marc) se encuentra ubicado en calle Mengelle 34 y las admisiones se puede tramitar vía Whatsapp al teléfono 2994284580 de lunes a viernes de 7:30 a 13:30.

 


Lunes 27 de Octubre de 2025
MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA / CIPOLLETTI
Garantizan el acuerdo de visitas que tenía un papá con sus hijas
WhatsApp | Enviar por Mail | Copiar Enlace | Descargar Noticia

Un hombre de Cipolletti consiguió que se establezca un régimen de comunicación para ver a sus dos hijas pese a la negativa de la madre. Solicitó al juez que se respete la misma cantidad de días y horas que tenían antes del proceso judicial, en el marco de un acuerdo de palabra al que habían arribado ambos progenitores.

El hombre fue asistido por una defensora pública quien presentó la demanda en el mes de mayo. Según informaron, el señor siempre tuvo contacto con sus dos hijas de 11 y 9 años, incluso “llegando a compartir la misma cantidad de tiempo con ellas que la madre hasta que el mismo fue interrumpido intempestivamente por ésta sin fundamento alguno”.

El régimen propuesto contempla los encuentros en días hábiles, retirando a las nenas del colegio y posibilitando a la madre que trabaje, sumado a las visitas los fines de semana. También establece los encuentros en días feriados, vacaciones escolares y fiestas de Fin de Año. El juez aclara que se trata de un régimen flexible, quiere decir que se tendrá en cuenta las decisiones de las menores y sus posibilidades ante eventuales modificaciones.

La defensora expresó que el Código Civil y Comercial de la Nación propende a un amplio régimen de comunicación entre los progenitores no convivientes y sus hijos, bregando porque tal contacto no se corte y que los progenitores convivientes tienen el deber de hacer que el mismo se cumpla.

En audiencia se conoció las opiniones de las integrantes del Equipo Interdisciplinario del Juzgado y de la Defensora de Menores quienes expresaron que ambas niñas manifestaron expresamente su deseo de mantener contacto con su progenitor y que se encuentran dadas las condiciones.

El acuerdo obtuvo el aval del Tribunal de Primera Instancia, y debido a un recurso de apelación interpuesto por la progenitora, intervino la Cámara de Apelaciones, que rechazó la queja y homologó el acuerdo.

“Según el criterio e interpretación de esta Cámara, el mismo importa una justa composición de los derechos e intereses de las mismas”, cita la sentencia de la Cámara.

 

¿Qué implica una demanda por régimen de comunicación y dónde tramitarla en Cipolletti?

Un régimen de comunicación es el conjunto de pautas, acordadas o fijadas judicialmente, que permiten a un progenitor que no convive con su hijo o hija mantener contacto regular, así como con otros familiares cercanos. 

En Río Negro se debe agotar la instancia de mediación prejudicial antes de iniciar una demanda. Este proceso se puede iniciar con un abogado particular o solicitar la asistencia de una Defensoría Pública.

En Cipolletti el Centro de Acceso a la Defensa Pública para mediaciones (Cadep-Marc) se encuentra ubicado en calle Mengelle 34 y las admisiones se puede tramitar vía Whatsapp al teléfono 2994284580 de lunes a viernes de 7:30 a 13:30.