Esta mañana, una de las dos personas imputadas por delitos cometidos en el marco de su función en un Centro de Atención Integral de niños, niñas y adolescentes (CAINA), reconoció los hechos y la calificación enrostrada y fue condenado.
Asistido por su abogado de confianza, contando con el aval de la defensora de menores en representación de los niños víctimas de este legajo, el hombre comenzará a cumplir la condena a partir de hoy ya que las partes renunciaron a los plazos procesales.
Los hechos que aceptó haber cometido y que la fiscalía investigó ocurrieron entre el mes de abril de 2021 y antes del 1 de septiembre de 2023, mientras se encontraba prestando funciones como auxiliar asistencial en uno de los CAINA de General Roca.
“Las acciones realizadas a los menores de manera cotidiana y luego amenazándolos con que no contaran nada causaron real temor a los niños y lograron su objetivo, hasta que fueron advertidas las autoridades, que realizaron la denuncia correspondiente”, describió el fiscal del caso.
“El segundo hecho, de abuso sexual simple, fue entre julio y agosto de 2023, en una ocasión en el sector de la cocina del CAINA, cuando el hombre efectuó tocamientos en la pierna de una de las adolescentes víctimas”, explicó la fiscalía.
La prueba mencionado en la audiencia del acuerdo abreviado pleno concretado hoy, consistió en la denuncia de la Coordinadora Institucional de los CAINA, los testimonios de otros operadores, de la psicóloga de los centros.
Se incluye el informe de la delegada de la SENAF donde se describen los expedientes del juzgado de Familia interviniente, el trabajo de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI) del Ministerio Público, las Cámara Gesell realizadas a los menores víctimas, la pericia resultante del Cuerpo de Investigación Forense, la certificación de servicios emitida por la Subsecretaría de Organización y Recursos Humanos de la SENAF respecto del trabajo que realizaba el imputado.
La calificación legal por la que deberá cumplir la condena de 3 años de prisión condicional más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos en la administración pública, su inscripción en el REPROCOINS, y las costas del proceso es: “amenazas coactivas continuadas en calidad de co-autor, y abuso simple agravado por ser el encargado de la guarda en calidad de autor, todo en concurso real”, según los Artículos 149 bis, segundo párrafo, 119 primer y último párrafo en función del cuarto párrafo inc. b), 45, 54 y 55 del Código Penal.
Además deberá cumplir con reglas de conducta de fijar y mantener domicilio, prohibición de acercamiento a la menor víctima, por si o terceros y prohibición de contacto por cualquier tipo de vía.
Todo lo anterior debe ser cumplido por el plazo de tres años, bajo apercibimiento de que se revoque la condicionalidad de la condena.
El proceso contra la otra imputada está en la etapa de control de la acusación, que tras un cuarto intermedio se retomará el próximo lunes a las 10:00.
Auxiliar asistencial de SENAF fue condenado por amenazas y abuso simple
Esta mañana, una de las dos personas imputadas por delitos cometidos en el marco de su función en un Centro de Atención Integral de niños, niñas y adolescentes (CAINA), reconoció los hechos y la calificación enrostrada y fue condenado.
Asistido por su abogado de confianza, contando con el aval de la defensora de menores en representación de los niños víctimas de este legajo, el hombre comenzará a cumplir la condena a partir de hoy ya que las partes renunciaron a los plazos procesales.
Los hechos que aceptó haber cometido y que la fiscalía investigó ocurrieron entre el mes de abril de 2021 y antes del 1 de septiembre de 2023, mientras se encontraba prestando funciones como auxiliar asistencial en uno de los CAINA de General Roca.
“Las acciones realizadas a los menores de manera cotidiana y luego amenazándolos con que no contaran nada causaron real temor a los niños y lograron su objetivo, hasta que fueron advertidas las autoridades, que realizaron la denuncia correspondiente”, describió el fiscal del caso.
“El segundo hecho, de abuso sexual simple, fue entre julio y agosto de 2023, en una ocasión en el sector de la cocina del CAINA, cuando el hombre efectuó tocamientos en la pierna de una de las adolescentes víctimas”, explicó la fiscalía.
La prueba mencionado en la audiencia del acuerdo abreviado pleno concretado hoy, consistió en la denuncia de la Coordinadora Institucional de los CAINA, los testimonios de otros operadores, de la psicóloga de los centros.
Se incluye el informe de la delegada de la SENAF donde se describen los expedientes del juzgado de Familia interviniente, el trabajo de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI) del Ministerio Público, las Cámara Gesell realizadas a los menores víctimas, la pericia resultante del Cuerpo de Investigación Forense, la certificación de servicios emitida por la Subsecretaría de Organización y Recursos Humanos de la SENAF respecto del trabajo que realizaba el imputado.
La calificación legal por la que deberá cumplir la condena de 3 años de prisión condicional más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos en la administración pública, su inscripción en el REPROCOINS, y las costas del proceso es: “amenazas coactivas continuadas en calidad de co-autor, y abuso simple agravado por ser el encargado de la guarda en calidad de autor, todo en concurso real”, según los Artículos 149 bis, segundo párrafo, 119 primer y último párrafo en función del cuarto párrafo inc. b), 45, 54 y 55 del Código Penal.
Además deberá cumplir con reglas de conducta de fijar y mantener domicilio, prohibición de acercamiento a la menor víctima, por si o terceros y prohibición de contacto por cualquier tipo de vía.
Todo lo anterior debe ser cumplido por el plazo de tres años, bajo apercibimiento de que se revoque la condicionalidad de la condena.
El proceso contra la otra imputada está en la etapa de control de la acusación, que tras un cuarto intermedio se retomará el próximo lunes a las 10:00.







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