Declararon la responsabilidad penal de un joven acusado por el delito de hurto simple en grado de tentativa. Había sido detenido en el mes de febrero intentando abrir vehículos mediante la utilización de un inhibidor de alarmas.
Este miércoles se realizó la audiencia de lectura de veredicto en la que se declaró a un joven neuquino de 22 años penalmente responsable por el delito imputado. Ahora resta que en los próximos días las partes presenten pruebas para la determinación de la pena.
En su relato, el juez dijo que la Fiscalía logró probar los hechos durante el juicio, aunque desestimó el agravante solicitado por la utilización del aparato con el cual se inhibe el sistema de alarma.
El hecho juzgado ocurrió el 18 de febrero en calles Italia e Yrigoyen, en la plaza Paseo de la Familia. Allí, luego de inhibir el sistema de seguridad, abrió una camioneta estacionada con intención de apropiársela.
El delito no pudo ser consumado por la advertencia a la Policía que hizo un joven que miraba lo que sucedía.
El imputado fue detenido a los pocos metros cuando intentaba fugarse, y llevaba el dispositivo activado en su bolsillo.
“El delito no lo pudo consumar porque no tuvo tiempo, no porque desistió voluntariamente. Fue por una causa ajena a su voluntad”, indicó el magistrado.
Las partes podrán discutir la pena en una audiencia de cesura y la modalidad de cumplimiento debido a que se deberá aplicar una unificación dado a que tiene antecedentes penales computables por otro hecho. Además, será de cumplimiento efectivo.
Lo declaran culpable de tentativa de hurto utilizando un inhibidor
Declararon la responsabilidad penal de un joven acusado por el delito de hurto simple en grado de tentativa. Había sido detenido en el mes de febrero intentando abrir vehículos mediante la utilización de un inhibidor de alarmas.
Este miércoles se realizó la audiencia de lectura de veredicto en la que se declaró a un joven neuquino de 22 años penalmente responsable por el delito imputado. Ahora resta que en los próximos días las partes presenten pruebas para la determinación de la pena.
En su relato, el juez dijo que la Fiscalía logró probar los hechos durante el juicio, aunque desestimó el agravante solicitado por la utilización del aparato con el cual se inhibe el sistema de alarma.
El hecho juzgado ocurrió el 18 de febrero en calles Italia e Yrigoyen, en la plaza Paseo de la Familia. Allí, luego de inhibir el sistema de seguridad, abrió una camioneta estacionada con intención de apropiársela.
El delito no pudo ser consumado por la advertencia a la Policía que hizo un joven que miraba lo que sucedía.
El imputado fue detenido a los pocos metros cuando intentaba fugarse, y llevaba el dispositivo activado en su bolsillo.
“El delito no lo pudo consumar porque no tuvo tiempo, no porque desistió voluntariamente. Fue por una causa ajena a su voluntad”, indicó el magistrado.
Las partes podrán discutir la pena en una audiencia de cesura y la modalidad de cumplimiento debido a que se deberá aplicar una unificación dado a que tiene antecedentes penales computables por otro hecho. Además, será de cumplimiento efectivo.







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