Lunes 10 de Noviembre de 2025

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL / VILLA REGINA
Robo a chofer de taxi: declaración de responsabilidad penal

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Tras la solicitud del equipo de la fiscalía descentralizada de Villa Regina, el Tribunal interviniente resolvió por unanimidad que dos hombres sean declarados responsables penales por un hecho ocurrido en mayo de 2024 cuando le robaron a un chofer de taxi.

 

Hoy tras conocerse la resolución de la culpabilidad, la fiscalía pidió que se prorrogue la prisión preventiva de uno de ellos, razón por la cual continuará detenido hasta que la sentencia quede firme por el peligro procesal esgrimido por el fiscal, es decir el peligro de fuga.

El hecho que fue probado en el juicio ocurrió el 16 de mayo del año pasado, alrededor de las 23:30, momento en que chofer recogió a uno de los imputados.

“El pasajero, hoy declarado responsable penal, le pidió que lo lleve a la intersección de calles Colón y Entre Ríos de Villa Regina. Una vez arribado a ese lugar le solicitó que siga hacia el B° Villa Alberdi. Al llegar a ese destino, el imputado le solicitó al taxista que siga por el kilómetro hacia el B° Villa del Parque, a lo que el conductor se negó”, describió la fiscalía al inicio del debate desarrollado la semana pasada.

“Inmediatamente el imputado -quien iba sentado detrás el conductor- lo abraza por el cuello y extrajo un arma de tipo revolver con cañón largo y fino que apoyó en el cuello del hombre. Mediante amenazas continuaron la marcha, y luego le sustrajo dos billeteras con dinero, un teléfono celular, más dinero en efectivo, un cargador de celular, un termo y una campera de, para luego de lo huir del lugar”, explicó el equipo fiscal.

En relación al otro imputado, el Ministerio Público Fiscal probó que ese mismo día, pero alrededor de las 2 de la mañana, “recibió dinero a su cuenta bancaria a través de una transferencia efectuada por Mercado Pago desde el teléfono de la víctima. Todo esto, sabiendo que el dispositivo le había sido previamente sustraído al taxista”.

De esta manera, el Tribunal resolvió en consonancia a lo solicitado por la fiscalía, entonces uno de los imputados fue declarado autor del delito de robo agravado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo acreditarse, conforme a los artículos 45 y 166 inciso final del Código Penal. Mientras que el otro como autor del delito de encubrimiento simple, según los artículos 45 y 277 inciso 1°, apartado c) del Código Penal.

Lo que sigue en este legajo es que las partes, es decir fiscalía y las dos defensas particulares presenten la prueba pertinente para la audiencia de cesura de pena.

 


Lunes 10 de Noviembre de 2025
MINISTERIO PÚBLICO FISCAL / VILLA REGINA
Robo a chofer de taxi: declaración de responsabilidad penal
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Tras la solicitud del equipo de la fiscalía descentralizada de Villa Regina, el Tribunal interviniente resolvió por unanimidad que dos hombres sean declarados responsables penales por un hecho ocurrido en mayo de 2024 cuando le robaron a un chofer de taxi.

 

Hoy tras conocerse la resolución de la culpabilidad, la fiscalía pidió que se prorrogue la prisión preventiva de uno de ellos, razón por la cual continuará detenido hasta que la sentencia quede firme por el peligro procesal esgrimido por el fiscal, es decir el peligro de fuga.

El hecho que fue probado en el juicio ocurrió el 16 de mayo del año pasado, alrededor de las 23:30, momento en que chofer recogió a uno de los imputados.

“El pasajero, hoy declarado responsable penal, le pidió que lo lleve a la intersección de calles Colón y Entre Ríos de Villa Regina. Una vez arribado a ese lugar le solicitó que siga hacia el B° Villa Alberdi. Al llegar a ese destino, el imputado le solicitó al taxista que siga por el kilómetro hacia el B° Villa del Parque, a lo que el conductor se negó”, describió la fiscalía al inicio del debate desarrollado la semana pasada.

“Inmediatamente el imputado -quien iba sentado detrás el conductor- lo abraza por el cuello y extrajo un arma de tipo revolver con cañón largo y fino que apoyó en el cuello del hombre. Mediante amenazas continuaron la marcha, y luego le sustrajo dos billeteras con dinero, un teléfono celular, más dinero en efectivo, un cargador de celular, un termo y una campera de, para luego de lo huir del lugar”, explicó el equipo fiscal.

En relación al otro imputado, el Ministerio Público Fiscal probó que ese mismo día, pero alrededor de las 2 de la mañana, “recibió dinero a su cuenta bancaria a través de una transferencia efectuada por Mercado Pago desde el teléfono de la víctima. Todo esto, sabiendo que el dispositivo le había sido previamente sustraído al taxista”.

De esta manera, el Tribunal resolvió en consonancia a lo solicitado por la fiscalía, entonces uno de los imputados fue declarado autor del delito de robo agravado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo acreditarse, conforme a los artículos 45 y 166 inciso final del Código Penal. Mientras que el otro como autor del delito de encubrimiento simple, según los artículos 45 y 277 inciso 1°, apartado c) del Código Penal.

Lo que sigue en este legajo es que las partes, es decir fiscalía y las dos defensas particulares presenten la prueba pertinente para la audiencia de cesura de pena.