Este viernes se llevó a cabo la revisión de la medida cautelar de prisión preventiva dispuesta por la jueza de Garantías en el mes de noviembre, y un nuevo Magistrado resolvió la continuidad de la misma por el plazo establecido y bajo la misma modalidad. Se trata del acusado de prestar colaboración.
El debate inició con las pretensiones del nuevo abogado defensor del hombre acusado de partícipe necesario en el doble homicidio de Juan Aníbal Seferino Cuerda y Pablo Franco Davies, ocurrido el 17 de noviembre en una vivienda del barrio San Lorenzo.
Solicitó la morigeración de la medida por alguna menos gravosa, entre las que mencionó la colocación de un dispositivo de control satelital en primera instancia, o la prisión domiciliaria como alternativa.
Indicó que la decisión fue arbitraria ya que únicamente tomó los argumentos de la fiscalía.
El Fiscal del caso respondió que el principal fundamento por el que se pidió la prisión preventiva fue el entorpecimiento de la investigación, y que tal situación continúa aún vigente. Remarcó que los testigos son personas vulnerables y que hay que protegerlas. Y agregó que la acusación fue por partícipe necesario dado a que le brindó refugio al autor del homicidio antes y después del hecho, y fue quien autorizó la utilización del vehículo en el que se movilizó.
Sumó además que la persona que sería el autor material del doble homicidio se encuentra detenido en prisión preventiva firme.
El juez de revisión dio los argumentos para cada planteo y expresó que el proceso por el cual se dispuso la prisión preventiva cumplió con argumentos suficientes que autoriza al juez a otorgar esa medida cautelar, y que esto no se trata de un anticipo de pena.
“Entiendo que la solución aplicada al caso respecto a la prisión preventiva si bien es la más gravosa, al momento resulta adecuada al caso. Por eso voy a confirmar la decisión en todos los términos.
Teniendo en cuenta que el plazo de 4 meses tampoco ha sido cuestionado en su momento, resuelvo disponer el alojamiento en la misma situación y en las mismas condiciones en las que se encuentra”, explicó al magistrado.
El abogado defensor hizo reserva de impugnación por lo que otro juez podría revisar nuevamente la decisión.
Notas vinculadas:
Formulan cargos e imponen preventiva a un hombre por su presunta participación en incendio fatal
Acusaron a un joven de haber provocado el incendio en el que murieron dos personas
El hecho
Ocurrió el 17 de noviembre de 2025 en el interior de una vivienda ubicada en calle Río Gallegos 174 de Cipolletti. Las víctimas fueron identificadas como Juan Aníbal Seferino Cuerda, de 54 años, y Pablo Franco Davies, de 34.
Cuerda fue encontrado sin vida en el interior del domicilio. Davies, en tanto, falleció luego de ser trasladado al hospital Pedro Moguillansky con quemaduras que alcanzaban más del 80% de su cuerpo.
Una persona se encuentra detenida acusada de ser el autor material del homicidio. La imputación recibida fue por el delito de homicidio agravado por alevosía mediante la utilización de un medio idóneo para crear un peligro común y para procurar la impunidad para sí y para otro, siendo responsable a título de autor.
Continuará detenido uno de los imputados por el doble homicidio
Este viernes se llevó a cabo la revisión de la medida cautelar de prisión preventiva dispuesta por la jueza de Garantías en el mes de noviembre, y un nuevo Magistrado resolvió la continuidad de la misma por el plazo establecido y bajo la misma modalidad. Se trata del acusado de prestar colaboración.
El debate inició con las pretensiones del nuevo abogado defensor del hombre acusado de partícipe necesario en el doble homicidio de Juan Aníbal Seferino Cuerda y Pablo Franco Davies, ocurrido el 17 de noviembre en una vivienda del barrio San Lorenzo.
Solicitó la morigeración de la medida por alguna menos gravosa, entre las que mencionó la colocación de un dispositivo de control satelital en primera instancia, o la prisión domiciliaria como alternativa.
Indicó que la decisión fue arbitraria ya que únicamente tomó los argumentos de la fiscalía.
El Fiscal del caso respondió que el principal fundamento por el que se pidió la prisión preventiva fue el entorpecimiento de la investigación, y que tal situación continúa aún vigente. Remarcó que los testigos son personas vulnerables y que hay que protegerlas. Y agregó que la acusación fue por partícipe necesario dado a que le brindó refugio al autor del homicidio antes y después del hecho, y fue quien autorizó la utilización del vehículo en el que se movilizó.
Sumó además que la persona que sería el autor material del doble homicidio se encuentra detenido en prisión preventiva firme.
El juez de revisión dio los argumentos para cada planteo y expresó que el proceso por el cual se dispuso la prisión preventiva cumplió con argumentos suficientes que autoriza al juez a otorgar esa medida cautelar, y que esto no se trata de un anticipo de pena.
“Entiendo que la solución aplicada al caso respecto a la prisión preventiva si bien es la más gravosa, al momento resulta adecuada al caso. Por eso voy a confirmar la decisión en todos los términos.
Teniendo en cuenta que el plazo de 4 meses tampoco ha sido cuestionado en su momento, resuelvo disponer el alojamiento en la misma situación y en las mismas condiciones en las que se encuentra”, explicó al magistrado.
El abogado defensor hizo reserva de impugnación por lo que otro juez podría revisar nuevamente la decisión.
Notas vinculadas:
Formulan cargos e imponen preventiva a un hombre por su presunta participación en incendio fatal
Acusaron a un joven de haber provocado el incendio en el que murieron dos personas
El hecho
Ocurrió el 17 de noviembre de 2025 en el interior de una vivienda ubicada en calle Río Gallegos 174 de Cipolletti. Las víctimas fueron identificadas como Juan Aníbal Seferino Cuerda, de 54 años, y Pablo Franco Davies, de 34.
Cuerda fue encontrado sin vida en el interior del domicilio. Davies, en tanto, falleció luego de ser trasladado al hospital Pedro Moguillansky con quemaduras que alcanzaban más del 80% de su cuerpo.
Una persona se encuentra detenida acusada de ser el autor material del homicidio. La imputación recibida fue por el delito de homicidio agravado por alevosía mediante la utilización de un medio idóneo para crear un peligro común y para procurar la impunidad para sí y para otro, siendo responsable a título de autor.







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