Este mediodía, el equipo fiscal de turno formuló cargos a un hombre por hechos cometidos contra su ex pareja, madre de dos hijos en común. El imputado no podrá acercarse a la víctima por un radio de 200 metros, como tampoco a su vivienda, y utilizará un dispositivo electrónico.
Según la acusación fiscal, el hecho habría ocurrido el pasado 21 de diciembre, alrededor de las 20:00, en el patio de la vivienda de la pareja.
“El hombre habría empezado a insultar a la señora, y sin mediar motivo alguno le pegó en la cabeza, impactando uno de esos en el oído izquierdo y otro en su mano, en la que ella tenía su celular”, explicó la fiscalía.
“Luego, el imputado le sacó el teléfono, lo tiró al piso y se rompió la pantalla. Como resultado de la agresión, la señora presenta lesiones de carácter graves”, agregó el Ministerio Público Fiscal.
La calificación legal por la cual el hombre quedó imputado es la de “lesiones graves agravadas por el vínculo, por ser un hecho cometido por un hombre contra una mujer y mediando violencia de género, y daño simple, todo en concurso real”, según los Artículos 45, 90 en función del art. 92, 80 inc. 1° y 11, 183 del Código Penal.
Entre el sustento probatorio mencionado para esta instancia se encuentran el acta de denuncia penal radicada por la mujer víctima, la historia clínica del Hospital donde ella fue atendida, el informe del médico del Cuerpo de Investigación Forense del Poder Judicial, que acredita que la víctima presenta lesiones graves, entre otros.
El defensor penal público que asiste al imputado explicó que la pareja es la primera vez que tiene un conflicto de este tipo, que no hay antecedentes de violencia ni de Ley 3040, por ello propuso como medida cautelar la colocación de una tobillera electrónica y el establecimiento de una prohibición de acercamiento al domicilio y a la víctima en un radio de 200 metros.
El juez de Garantías interviniente resolvió tener por formulados los cargos en los términos fiscales y que el hombre cumpla con las medidas cautelares propuestas por la defensa penal pública.
Imputación y medidas cautelares por violencia de género
Este mediodía, el equipo fiscal de turno formuló cargos a un hombre por hechos cometidos contra su ex pareja, madre de dos hijos en común. El imputado no podrá acercarse a la víctima por un radio de 200 metros, como tampoco a su vivienda, y utilizará un dispositivo electrónico.
Según la acusación fiscal, el hecho habría ocurrido el pasado 21 de diciembre, alrededor de las 20:00, en el patio de la vivienda de la pareja.
“El hombre habría empezado a insultar a la señora, y sin mediar motivo alguno le pegó en la cabeza, impactando uno de esos en el oído izquierdo y otro en su mano, en la que ella tenía su celular”, explicó la fiscalía.
“Luego, el imputado le sacó el teléfono, lo tiró al piso y se rompió la pantalla. Como resultado de la agresión, la señora presenta lesiones de carácter graves”, agregó el Ministerio Público Fiscal.
La calificación legal por la cual el hombre quedó imputado es la de “lesiones graves agravadas por el vínculo, por ser un hecho cometido por un hombre contra una mujer y mediando violencia de género, y daño simple, todo en concurso real”, según los Artículos 45, 90 en función del art. 92, 80 inc. 1° y 11, 183 del Código Penal.
Entre el sustento probatorio mencionado para esta instancia se encuentran el acta de denuncia penal radicada por la mujer víctima, la historia clínica del Hospital donde ella fue atendida, el informe del médico del Cuerpo de Investigación Forense del Poder Judicial, que acredita que la víctima presenta lesiones graves, entre otros.
El defensor penal público que asiste al imputado explicó que la pareja es la primera vez que tiene un conflicto de este tipo, que no hay antecedentes de violencia ni de Ley 3040, por ello propuso como medida cautelar la colocación de una tobillera electrónica y el establecimiento de una prohibición de acercamiento al domicilio y a la víctima en un radio de 200 metros.
El juez de Garantías interviniente resolvió tener por formulados los cargos en los términos fiscales y que el hombre cumpla con las medidas cautelares propuestas por la defensa penal pública.







|