Se formularon cargos en una audiencia realizada en el día de la fecha por un hecho de encubrimiento, ocurrido en el marco de un control vehicular efectuado sobre la Ruta Nacional Nº 40, a la altura del kilómetro 2056, en la localidad de Dina Huapi.
Según la acusación fiscal, el hecho se habría cometido en una fecha no determinada con precisión, pero ubicada entre el 25 de junio de 2021 y el 28 de octubre de 2025, cuando una persona fue interceptada mientras circulaba en un vehículo que presentaba irregularidades registrales.
Durante el procedimiento, el personal interviniente constató que la chapa patente colocada no correspondía al rodado y que, al verificar los números de chasis y motor, surgió que el vehículo tenía un pedido de secuestro vigente por un delito de robo denunciado en la provincia de Córdoba.
La Fiscalía sostuvo que el imputado tenía conocimiento del origen ilícito del bien, tratándose de un vehículo registrable que requiere, para su circulación regular, la realización de trámites obligatorios ante el Registro de la Propiedad Automotor, y que al momento del control no contaba con documentación que acredite su adquisición legítima. Como sustento probatorio se incorporaron, entre otros elementos, el acta del procedimiento policial, las constancias de secuestro, la información dominial y la planilla del estado automotor del vehículo.
La Fiscalía solicitó un plazo de cuatro meses para llevar adelante la investigación penal preparatoria, con el objetivo de continuar reuniendo información y evaluar eventuales salidas alternativas.
La Defensa particular del imputado no formuló objeciones a la imputación ni al plazo de investigación solicitado, manifestando que oportunamente aportará la prueba vinculada a la adquisición del vehículo.
El juez interviniente tuvo por formulados los cargos por el delito de encubrimiento, en carácter de autor, de acuerdo a lo normado en los artículos 45 y 277 inciso 1° apartado c) del Código Penal y habilitó la investigación penal por el plazo requerido.
Se formularon cargos en una audiencia realizada en el día de la fecha por un hecho de encubrimiento, ocurrido en el marco de un control vehicular efectuado sobre la Ruta Nacional Nº 40, a la altura del kilómetro 2056, en la localidad de Dina Huapi.
Según la acusación fiscal, el hecho se habría cometido en una fecha no determinada con precisión, pero ubicada entre el 25 de junio de 2021 y el 28 de octubre de 2025, cuando una persona fue interceptada mientras circulaba en un vehículo que presentaba irregularidades registrales.
Durante el procedimiento, el personal interviniente constató que la chapa patente colocada no correspondía al rodado y que, al verificar los números de chasis y motor, surgió que el vehículo tenía un pedido de secuestro vigente por un delito de robo denunciado en la provincia de Córdoba.
La Fiscalía sostuvo que el imputado tenía conocimiento del origen ilícito del bien, tratándose de un vehículo registrable que requiere, para su circulación regular, la realización de trámites obligatorios ante el Registro de la Propiedad Automotor, y que al momento del control no contaba con documentación que acredite su adquisición legítima. Como sustento probatorio se incorporaron, entre otros elementos, el acta del procedimiento policial, las constancias de secuestro, la información dominial y la planilla del estado automotor del vehículo.
La Fiscalía solicitó un plazo de cuatro meses para llevar adelante la investigación penal preparatoria, con el objetivo de continuar reuniendo información y evaluar eventuales salidas alternativas.
La Defensa particular del imputado no formuló objeciones a la imputación ni al plazo de investigación solicitado, manifestando que oportunamente aportará la prueba vinculada a la adquisición del vehículo.
El juez interviniente tuvo por formulados los cargos por el delito de encubrimiento, en carácter de autor, de acuerdo a lo normado en los artículos 45 y 277 inciso 1° apartado c) del Código Penal y habilitó la investigación penal por el plazo requerido.







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