Martes 03 de Marzo de 2026

MINISTERIO PUBLICO FISCAL / BARILOCHE
Confirman la prisión preventiva en la causa por el homicidio de Diego Cid

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Fue rechazado el recurso presentado por la defensa particular del imputado y quedó confirmada la prisión preventiva dictada el 20 de febrero, durante la audiencia de formulación de cargos por el homicidio de Diego Cid.

En audiencia realizada vía Zoom con el imputado detenido en Cipolletti, la Fiscalía solicitó que se desestime el planteo de la defensa y se mantenga la medida cautelar. Sostuvo que el riesgo de fuga se encuentra acreditado, dado que el imputado no reside en San Carlos de Bariloche, se retiró inmediatamente de la ciudad tras el hecho ocurrido el 12 de febrero en inmediaciones de calle Coirón al 4900 y se presentó recién seis días después en Cipolletti.

Indicó que ese lapso impidió la realización de medidas urgentes, como los estudios de residuos de pólvora (GSR), y que se investiga si el arma entregada —que estaba descargada— pudo haber sido manipulada. También señaló que contaba con autorización de tenencia y no de portación, y que la gravedad del hecho y la expectativa de pena tornan insuficiente una medida alternativa como el monitoreo electrónico.

La defensa, por su parte, sostuvo que su asistido se presentó voluntariamente, entregó el arma y el vehículo, no posee antecedentes penales y cuenta con arraigo laboral y familiar en Cipolletti. Argumentó que el alejamiento inicial respondió a una situación de temor y planteó que podría evaluarse una hipótesis de legítima defensa. En ese marco, solicitó que se revoque la prisión preventiva y se disponga una medida menos gravosa, como el monitoreo electrónico, la prohibición de acercamiento a Bariloche y la obligación de presentarse periódicamente ante la autoridad policial.

En un planteo separado, la querella adhirió a los argumentos del Ministerio Público Fiscal y solicitó que se mantenga la prisión preventiva en los términos en que fue dispuesta, al considerar que los riesgos procesales valorados inicialmente subsisten.

Al resolver, el magistrado sostuvo que el hecho de que el imputado se haya presentado ante las autoridades no impide, por sí solo, el dictado o mantenimiento de una prisión preventiva. Señaló que no es equivalente una presentación espontánea cuando no existen elementos que vinculen a una persona con el hecho, que hacerlo cuando ya hay indicios concretos, medidas investigativas en curso y sospecha fundada sobre su intervención.

Indicó además que el requisito previsto en el artículo 109 del Código Procesal Penal —relativo al grado de sospecha sobre la participación en el hecho— se encuentra cumplido, ya que no se discute que el imputado se encontraba en el vehículo desde el cual se efectuaron los disparos.

Con esta resolución, la prisión preventiva continuará vigente en los términos oportunamente establecidos.


Martes 03 de Marzo de 2026
MINISTERIO PUBLICO FISCAL / BARILOCHE
Confirman la prisión preventiva en la causa por el homicidio de Diego Cid
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Fue rechazado el recurso presentado por la defensa particular del imputado y quedó confirmada la prisión preventiva dictada el 20 de febrero, durante la audiencia de formulación de cargos por el homicidio de Diego Cid.

En audiencia realizada vía Zoom con el imputado detenido en Cipolletti, la Fiscalía solicitó que se desestime el planteo de la defensa y se mantenga la medida cautelar. Sostuvo que el riesgo de fuga se encuentra acreditado, dado que el imputado no reside en San Carlos de Bariloche, se retiró inmediatamente de la ciudad tras el hecho ocurrido el 12 de febrero en inmediaciones de calle Coirón al 4900 y se presentó recién seis días después en Cipolletti.

Indicó que ese lapso impidió la realización de medidas urgentes, como los estudios de residuos de pólvora (GSR), y que se investiga si el arma entregada —que estaba descargada— pudo haber sido manipulada. También señaló que contaba con autorización de tenencia y no de portación, y que la gravedad del hecho y la expectativa de pena tornan insuficiente una medida alternativa como el monitoreo electrónico.

La defensa, por su parte, sostuvo que su asistido se presentó voluntariamente, entregó el arma y el vehículo, no posee antecedentes penales y cuenta con arraigo laboral y familiar en Cipolletti. Argumentó que el alejamiento inicial respondió a una situación de temor y planteó que podría evaluarse una hipótesis de legítima defensa. En ese marco, solicitó que se revoque la prisión preventiva y se disponga una medida menos gravosa, como el monitoreo electrónico, la prohibición de acercamiento a Bariloche y la obligación de presentarse periódicamente ante la autoridad policial.

En un planteo separado, la querella adhirió a los argumentos del Ministerio Público Fiscal y solicitó que se mantenga la prisión preventiva en los términos en que fue dispuesta, al considerar que los riesgos procesales valorados inicialmente subsisten.

Al resolver, el magistrado sostuvo que el hecho de que el imputado se haya presentado ante las autoridades no impide, por sí solo, el dictado o mantenimiento de una prisión preventiva. Señaló que no es equivalente una presentación espontánea cuando no existen elementos que vinculen a una persona con el hecho, que hacerlo cuando ya hay indicios concretos, medidas investigativas en curso y sospecha fundada sobre su intervención.

Indicó además que el requisito previsto en el artículo 109 del Código Procesal Penal —relativo al grado de sospecha sobre la participación en el hecho— se encuentra cumplido, ya que no se discute que el imputado se encontraba en el vehículo desde el cual se efectuaron los disparos.

Con esta resolución, la prisión preventiva continuará vigente en los términos oportunamente establecidos.