Hace instantes un hombre quedó formalmente imputado por el homicidio culposo de Ángel Lautaro Monsalve, ocurrido ayer a la madrugada en el kilómetro 1159 de la Ruta Nacional N° 22.
Según la acusación fiscal, “aproximadamente a las 6:00 de la mañana, a la altura de la localidad de Cervantes, el imputado conducía un Volkswagen Gol en sentido oeste–este de manera imprudente y antirreglamentaria, sin el debido cuidado, prevención ni dominio exigidos para circular por una ruta nacional”.
“Se movilizaba a 100 km por hora cuando debía hacerlo a 80 como máximo y bajo los efectos del alcohol, presentando en ese momento un nivel de alcoholemia de 2,06 gramos de alcohol por litro de sangre”, detalló la fiscalía.
“A la par, Monsalve conducía una moto en sentido este–oeste y, por motivos que aún se investigan, el motociclista invadió el carril contrario a su sentido de circulación, momento en el cual impactó frontalmente —de manera excéntrica— con el sector delantero izquierdo del vehículo conducido por el imputado. Producto de ello, la víctima falleció”, explicó la representante del Ministerio Público Fiscal.
La calificación legal propuesta por la fiscalía y por la cual el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos es la de “homicidio culposo agravado por conducir un vehículo automotor bajo los efectos del alcohol, con un nivel de alcohol en sangre superior a 0,5 gramos por litro”, según los artículos 39 incisos a) y b), 48 inciso a) y 64 segundo párrafo de la Ley de Tránsito N° 24.449, a la cual adhiere la provincia de Río Negro mediante la Ley N° 5263, y los artículos 84 bis segundo párrafo y 45 del Código Penal.
Entre la evidencia reunida hasta el momento, la fiscalía mencionó el relevamiento realizado en el lugar del hecho por personal del Gabinete de Criminalística, el test de alcoholemia —que se practicó sin que el conductor ofreciera resistencia—, diversas entrevistas y registros fotográficos.
Por su parte, la defensa penal pública que asistió al imputado en la audiencia no presentó objeciones a la formulación de cargos.
En relación con las medidas cautelares, el Ministerio Público Fiscal explicó que “no se presentan en esta causa riesgos procesales como el entorpecimiento de la investigación. La prueba que resta producir no podría ser interferida por el imputado. En relación al peligro de fuga, el domicilio que brindó fue constatado, vive allí desde hace varios años”.
“Para ello solicitamos la intervención de la Brigada de Investigaciones, que verificó su lugar de trabajo y constató que tiene una hija a quien le brinda manutención. Asimismo, durante el procedimiento policial, inmediatamente después de ocurrido el hecho, el hombre no ofreció resistencia y se le pudo practicar el test de alcoholemia sin inconvenientes”, explicó la fiscal.
En ese sentido, la fiscalía solicitó la prohibición de conducir cualquier vehículo y que el imputado no cambie de domicilio durante ese período. Por su parte, la defensa agregó que el hombre no cuenta con antecedentes penales.
Finalmente, tras escuchar a las partes, el juez interviniente tuvo por formulados los cargos en los términos planteados por la fiscalía y resolvió imponer las medidas cautelares solicitadas: prohibición de conducir y obligación de no modificar el domicilio, todo bajo apercibimiento de revocar la libertad provisoria.
Imputación y medidas cautelares por homicidio culposo
Hace instantes un hombre quedó formalmente imputado por el homicidio culposo de Ángel Lautaro Monsalve, ocurrido ayer a la madrugada en el kilómetro 1159 de la Ruta Nacional N° 22.
Según la acusación fiscal, “aproximadamente a las 6:00 de la mañana, a la altura de la localidad de Cervantes, el imputado conducía un Volkswagen Gol en sentido oeste–este de manera imprudente y antirreglamentaria, sin el debido cuidado, prevención ni dominio exigidos para circular por una ruta nacional”.
“Se movilizaba a 100 km por hora cuando debía hacerlo a 80 como máximo y bajo los efectos del alcohol, presentando en ese momento un nivel de alcoholemia de 2,06 gramos de alcohol por litro de sangre”, detalló la fiscalía.
“A la par, Monsalve conducía una moto en sentido este–oeste y, por motivos que aún se investigan, el motociclista invadió el carril contrario a su sentido de circulación, momento en el cual impactó frontalmente —de manera excéntrica— con el sector delantero izquierdo del vehículo conducido por el imputado. Producto de ello, la víctima falleció”, explicó la representante del Ministerio Público Fiscal.
La calificación legal propuesta por la fiscalía y por la cual el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos es la de “homicidio culposo agravado por conducir un vehículo automotor bajo los efectos del alcohol, con un nivel de alcohol en sangre superior a 0,5 gramos por litro”, según los artículos 39 incisos a) y b), 48 inciso a) y 64 segundo párrafo de la Ley de Tránsito N° 24.449, a la cual adhiere la provincia de Río Negro mediante la Ley N° 5263, y los artículos 84 bis segundo párrafo y 45 del Código Penal.
Entre la evidencia reunida hasta el momento, la fiscalía mencionó el relevamiento realizado en el lugar del hecho por personal del Gabinete de Criminalística, el test de alcoholemia —que se practicó sin que el conductor ofreciera resistencia—, diversas entrevistas y registros fotográficos.
Por su parte, la defensa penal pública que asistió al imputado en la audiencia no presentó objeciones a la formulación de cargos.
En relación con las medidas cautelares, el Ministerio Público Fiscal explicó que “no se presentan en esta causa riesgos procesales como el entorpecimiento de la investigación. La prueba que resta producir no podría ser interferida por el imputado. En relación al peligro de fuga, el domicilio que brindó fue constatado, vive allí desde hace varios años”.
“Para ello solicitamos la intervención de la Brigada de Investigaciones, que verificó su lugar de trabajo y constató que tiene una hija a quien le brinda manutención. Asimismo, durante el procedimiento policial, inmediatamente después de ocurrido el hecho, el hombre no ofreció resistencia y se le pudo practicar el test de alcoholemia sin inconvenientes”, explicó la fiscal.
En ese sentido, la fiscalía solicitó la prohibición de conducir cualquier vehículo y que el imputado no cambie de domicilio durante ese período. Por su parte, la defensa agregó que el hombre no cuenta con antecedentes penales.
Finalmente, tras escuchar a las partes, el juez interviniente tuvo por formulados los cargos en los términos planteados por la fiscalía y resolvió imponer las medidas cautelares solicitadas: prohibición de conducir y obligación de no modificar el domicilio, todo bajo apercibimiento de revocar la libertad provisoria.







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