Viernes 27 de Marzo de 2026

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL / GENERAL ROCA
Declaración de responsabilidad penal por violencia de género

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En consonancia con la solicitud de la fiscalía, se tuvo por acreditado el hecho y la autoría de un empleado policial que disparó contra su expareja, hiriéndola en el pie con su arma reglamentaria.

Por unanimidad, el Tribunal Colegiado interviniente lo declaró responsable penal del delito de “lesiones graves agravadas por haber sido cometidas por un hombre contra una mujer mediando violencia de género, por el vínculo de pareja y por el uso de un arma de fuego”.

“La víctima —sin haber variado su declaración desde que se animó a realizar la denuncia hasta que la escuchamos en el debate— pudo describir tanto las situaciones previas como lo ocurrido el 18 de mayo pasado en su domicilio, con precisión y detalle”, expresó el presidente del Tribunal.

“La consecuencia de este episodio pudo haber sido más grave si el disparo efectuado por el imputado hubiese impactado en otra parte del cuerpo de la víctima. No cabe duda de que no fue un hecho accidental, sino doloso”, agregó el magistrado.

En el marco de la audiencia, la fiscalía solicitó la prórroga de las medidas cautelares hasta la firmeza del fallo, a fin de resguardar a la víctima, quien deberá declarar en la próxima audiencia de cesura de la pena.

La defensa penal pública que asiste al imputado no formuló oposición, por lo que el Tribunal resolvió prorrogar las medidas de prohibición de acercamiento en un radio de 100 metros y de todo tipo de contacto, ya sea de manera directa o a través de terceros, incluyendo medios electrónicos.

 

 

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En consonancia con la solicitud de la fiscalía, se tuvo por acreditado el hecho y la autoría de un empleado policial que disparó contra su expareja, hiriéndola en el pie con su arma reglamentaria.

Por unanimidad, el Tribunal Colegiado interviniente lo declaró responsable penal del delito de “lesiones graves agravadas por haber sido cometidas por un hombre contra una mujer mediando violencia de género, por el vínculo de pareja y por el uso de un arma de fuego”.

“La víctima —sin haber variado su declaración desde que se animó a realizar la denuncia hasta que la escuchamos en el debate— pudo describir tanto las situaciones previas como lo ocurrido el 18 de mayo pasado en su domicilio, con precisión y detalle”, expresó el presidente del Tribunal.

“La consecuencia de este episodio pudo haber sido más grave si el disparo efectuado por el imputado hubiese impactado en otra parte del cuerpo de la víctima. No cabe duda de que no fue un hecho accidental, sino doloso”, agregó el magistrado.

En el marco de la audiencia, la fiscalía solicitó la prórroga de las medidas cautelares hasta la firmeza del fallo, a fin de resguardar a la víctima, quien deberá declarar en la próxima audiencia de cesura de la pena.

La defensa penal pública que asiste al imputado no formuló oposición, por lo que el Tribunal resolvió prorrogar las medidas de prohibición de acercamiento en un radio de 100 metros y de todo tipo de contacto, ya sea de manera directa o a través de terceros, incluyendo medios electrónicos.

 

 

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