Lunes 30 de Marzo de 2026

MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA / CIPOLLETTI
Por no pagar la cuota alimentaria, se quedó sin carnet de conducir, teléfono y monotributo

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Desde hace más de una década que el hombre evade su obligación alimentaria. Por orden judicial, se le dio de baja la licencia de conducir, las líneas telefónicas que tenía a su nombre y el monotributo, entre otras medidas, hasta saldar la deuda. La demanda la impulsó su hijo adolescente con la representación de una defensora pública con el fin de poder estudiar una carrera universitaria. 

Según consta en la demanda presentada por el adolescente en agosto del año 2024, desde el momento de la separación de sus padres, cuando tenía cuatro años de edad, el hombre nunca cumplió con su obligación alimentaria y todos los cuidados recayeron de forma exclusiva en su madre. Además, recibe constantemente colaboración de tías y de la abuela materna para afrontar diferentes gastos en educación, actividades deportivas y cuestiones de salud.

El joven hizo hincapié en que en ese momento (año 2024) cursaba el quinto año del colegio secundario, practicaba deportes y concurría a sesiones con una profesional de psicología, por lo que la necesidad de contar con dinero era indispensable. En su pedido también solicitaba la inscripción en una obra social. En la actualidad, su deseo de iniciar la carrera universitaria que soñaba (profesorado en Educación Física) se vio frustrado ante la imposibilidad de costear las cuotas correspondientes. Las únicas instituciones que ofrecen esa carrera en la zona son aranceladas.

Como ocurre en este tipo de procesos, el primer paso fue la convocatoria a una reunión de mediación para encontrar una solución alternativa sin necesidad de llegar a un juicio. Pero el progenitor no se presentó.

Acto seguido, se impulsó la demanda con los argumentos y la documental presentada por la abogada pública, siendo notificado el señor en su domicilio donde convive con su pareja actual.

La demanda la respondió en tiempo y forma, pero de manera negativa. Argumentó que se encuentra imposibilitado de asumir la responsabilidad de la cuota alimentaria dado que sufre problemas de salud que le impiden trabajar, aunque no presentó certificado médico que acredite tal situación. Y agregó que su pareja actual es quien lo solventa económicamente.

Entre las testimoniales tomadas durante la investigación, familiares indicaron que el hombre cuenta con un negocio propio donde él mismo trabaja, sumado a varios vehículos y hasta un terreno en el parque industrial de Cipolletti. Desde ARCA (ex AFIP) surgió también que posee monotributo categoría "A", por lo que se induce que el mismo se encontraría trabajando y genera ingresos.

En julio del año pasado, la jueza de familia hizo lugar a la demanda y ordenó el pago en concepto de cuota alimentaria equivalente al 50 por ciento del valor del Salario Mínimo Vital y Móvil, sumado a los importes adeudados y las costas del proceso.

Pese a diversas intimaciones, el hombre continuó incumpliendo con su obligación, por lo que la jueza dispuso la aplicación de una serie de medidas como la suspensión de las líneas de teléfono y/o servicios prestados por empresas de telefonía celular que estén a su nombre, la suspensión del carnet de conducir, la inscripción en el Registro Nacional de Deudores Alimentarios y la prohibición de salir del país.

En febrero de este año, la defensora del adolescente reiteró la denuncia de incumplimiento y solicitó que se amplíen las medidas en contra del progenitor con el bloqueo del CUIT y la baja de inscripción de monotributo. Explicó que, si bien puede considerarse contradictorio privarle el ejercicio de su actividad económica, precisamente lo que se busca es privarlo de acceder a los ingresos de los cuales debe obtenerse el cumplimiento de su obligación.

La jueza resolvió a favor del joven con oficio al ARCA para que proceda a efectuar las medidas correspondientes. Añadió que "la obligación de prestar alimentos a los hijos se extiende hasta los veintiún años, excepto que el obligado acredite que el hijo mayor de edad cuenta con recursos suficientes para proveérselos por sí mismo".

¿Cómo acceder a la Defensa Pública en Cipolletti?

El Centro de Acceso a la Defensa Pública (Cadep) se encuentra ubicado en el primer piso de Roca y Sarmiento. La atención presencial es de lunes a viernes de 7:30 a 13.30. También se pueden comunicar por Whatsapp al 2996 31-1684.

 

Imagen ilustrativa


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Desde hace más de una década que el hombre evade su obligación alimentaria. Por orden judicial, se le dio de baja la licencia de conducir, las líneas telefónicas que tenía a su nombre y el monotributo, entre otras medidas, hasta saldar la deuda. La demanda la impulsó su hijo adolescente con la representación de una defensora pública con el fin de poder estudiar una carrera universitaria. 

Según consta en la demanda presentada por el adolescente en agosto del año 2024, desde el momento de la separación de sus padres, cuando tenía cuatro años de edad, el hombre nunca cumplió con su obligación alimentaria y todos los cuidados recayeron de forma exclusiva en su madre. Además, recibe constantemente colaboración de tías y de la abuela materna para afrontar diferentes gastos en educación, actividades deportivas y cuestiones de salud.

El joven hizo hincapié en que en ese momento (año 2024) cursaba el quinto año del colegio secundario, practicaba deportes y concurría a sesiones con una profesional de psicología, por lo que la necesidad de contar con dinero era indispensable. En su pedido también solicitaba la inscripción en una obra social. En la actualidad, su deseo de iniciar la carrera universitaria que soñaba (profesorado en Educación Física) se vio frustrado ante la imposibilidad de costear las cuotas correspondientes. Las únicas instituciones que ofrecen esa carrera en la zona son aranceladas.

Como ocurre en este tipo de procesos, el primer paso fue la convocatoria a una reunión de mediación para encontrar una solución alternativa sin necesidad de llegar a un juicio. Pero el progenitor no se presentó.

Acto seguido, se impulsó la demanda con los argumentos y la documental presentada por la abogada pública, siendo notificado el señor en su domicilio donde convive con su pareja actual.

La demanda la respondió en tiempo y forma, pero de manera negativa. Argumentó que se encuentra imposibilitado de asumir la responsabilidad de la cuota alimentaria dado que sufre problemas de salud que le impiden trabajar, aunque no presentó certificado médico que acredite tal situación. Y agregó que su pareja actual es quien lo solventa económicamente.

Entre las testimoniales tomadas durante la investigación, familiares indicaron que el hombre cuenta con un negocio propio donde él mismo trabaja, sumado a varios vehículos y hasta un terreno en el parque industrial de Cipolletti. Desde ARCA (ex AFIP) surgió también que posee monotributo categoría "A", por lo que se induce que el mismo se encontraría trabajando y genera ingresos.

En julio del año pasado, la jueza de familia hizo lugar a la demanda y ordenó el pago en concepto de cuota alimentaria equivalente al 50 por ciento del valor del Salario Mínimo Vital y Móvil, sumado a los importes adeudados y las costas del proceso.

Pese a diversas intimaciones, el hombre continuó incumpliendo con su obligación, por lo que la jueza dispuso la aplicación de una serie de medidas como la suspensión de las líneas de teléfono y/o servicios prestados por empresas de telefonía celular que estén a su nombre, la suspensión del carnet de conducir, la inscripción en el Registro Nacional de Deudores Alimentarios y la prohibición de salir del país.

En febrero de este año, la defensora del adolescente reiteró la denuncia de incumplimiento y solicitó que se amplíen las medidas en contra del progenitor con el bloqueo del CUIT y la baja de inscripción de monotributo. Explicó que, si bien puede considerarse contradictorio privarle el ejercicio de su actividad económica, precisamente lo que se busca es privarlo de acceder a los ingresos de los cuales debe obtenerse el cumplimiento de su obligación.

La jueza resolvió a favor del joven con oficio al ARCA para que proceda a efectuar las medidas correspondientes. Añadió que "la obligación de prestar alimentos a los hijos se extiende hasta los veintiún años, excepto que el obligado acredite que el hijo mayor de edad cuenta con recursos suficientes para proveérselos por sí mismo".

¿Cómo acceder a la Defensa Pública en Cipolletti?

El Centro de Acceso a la Defensa Pública (Cadep) se encuentra ubicado en el primer piso de Roca y Sarmiento. La atención presencial es de lunes a viernes de 7:30 a 13.30. También se pueden comunicar por Whatsapp al 2996 31-1684.

 

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