Miércoles 08 de Abril de 2026

MINISTERIO PUBLICO FISCAL / BARILOCHE
Admiten la acusación y avanza a juicio un caso de encubrimiento agravado ligado a un homicidio

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Un hombre irá a juicio por ocultar información relevante y alterar evidencias en el marco de la investigación por el homicidio de Facundo Bargiela, ocurrido en abril de 2024 en Bariloche.

 

En la audiencia de control de acusación realizada hoy se ratificó lo resuelto en instancias previas de impugnación respecto de los hechos de la acusación, que fueron considerados válidos. En consecuencia, se dispuso la apertura a juicio y se avanzó a la etapa de producción de prueba.

De acuerdo con la acusación fiscal, el imputado habría recibido en su domicilio a uno de los autores del homicidio junto al vehículo utilizado para cometer el hecho, que previamente le había sido facilitado. Luego, con conocimiento del crimen, habría dispuesto su limpieza para eliminar posibles rastros y así entorpecer la investigación.

Asimismo, se le atribuye haber brindado información falsa durante un allanamiento y haber omitido aportar datos relevantes a las autoridades, pese a conocer tanto la desaparición como el posterior hallazgo sin vida de la víctima, así como su vínculo con el autor del hecho.

En relación con la prueba documental y las convenciones probatorias, la acusación se sustenta en informes de relevamiento de cámaras de seguridad, filmaciones, actas de procedimientos y allanamientos, pericias científicas —incluyendo genética forense y autopsia—, registros oficiales y la sentencia previa que acreditó el homicidio, entre otros elementos incorporados al legajo.

Respecto de la prueba testimonial, se prevé la declaración de personal policial y de investigación que intervino en el relevamiento de cámaras, allanamientos y secuestro de evidencia, profesionales de áreas técnicas y periciales, empleados vinculados al vehículo y al lavadero donde fue limpiado, así como familiares y allegados de la víctima y otras personas que darán cuenta de los vínculos entre los involucrados y de circunstancias relevantes para la investigación.

La querella adhirió a lo presentado por la fiscalía. 

En tanto, el defensor particular del imputado, presentó la nómina de testigos y documental acorde a sus intereses procesales. 

El hecho precedente corresponde a un homicidio ocurrido el 7 de abril de 2024 en inmediaciones de la avenida Esandi y la ruta de Circunvalación de esta ciudad. Por ese hecho ya fueron condenadas tres personas, tras acreditarse la planificación previa, el traslado de la víctima mediante engaño y el ataque que culminó con su muerte por un disparo de arma de fuego.

Se prevé que el debate se desarrolle en al menos cinco jornadas y que declaren entre cuarenta y cincuenta testigos. Se solicitará a la Oficina Judicial que fije fecha para la realización del juicio.

Los hechos fueron calificados como encubrimiento agravado, en carácter de autor, conforme a lo previsto en el artículo 277 inciso 1° apartados a) y b), agravado por el inciso 3° apartado a) del Código Penal. El juicio será llevado adelante por un tribunal unipersonal, en función de la pena requerida.


Miércoles 08 de Abril de 2026
MINISTERIO PUBLICO FISCAL / BARILOCHE
Admiten la acusación y avanza a juicio un caso de encubrimiento agravado ligado a un homicidio
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Un hombre irá a juicio por ocultar información relevante y alterar evidencias en el marco de la investigación por el homicidio de Facundo Bargiela, ocurrido en abril de 2024 en Bariloche.

 

En la audiencia de control de acusación realizada hoy se ratificó lo resuelto en instancias previas de impugnación respecto de los hechos de la acusación, que fueron considerados válidos. En consecuencia, se dispuso la apertura a juicio y se avanzó a la etapa de producción de prueba.

De acuerdo con la acusación fiscal, el imputado habría recibido en su domicilio a uno de los autores del homicidio junto al vehículo utilizado para cometer el hecho, que previamente le había sido facilitado. Luego, con conocimiento del crimen, habría dispuesto su limpieza para eliminar posibles rastros y así entorpecer la investigación.

Asimismo, se le atribuye haber brindado información falsa durante un allanamiento y haber omitido aportar datos relevantes a las autoridades, pese a conocer tanto la desaparición como el posterior hallazgo sin vida de la víctima, así como su vínculo con el autor del hecho.

En relación con la prueba documental y las convenciones probatorias, la acusación se sustenta en informes de relevamiento de cámaras de seguridad, filmaciones, actas de procedimientos y allanamientos, pericias científicas —incluyendo genética forense y autopsia—, registros oficiales y la sentencia previa que acreditó el homicidio, entre otros elementos incorporados al legajo.

Respecto de la prueba testimonial, se prevé la declaración de personal policial y de investigación que intervino en el relevamiento de cámaras, allanamientos y secuestro de evidencia, profesionales de áreas técnicas y periciales, empleados vinculados al vehículo y al lavadero donde fue limpiado, así como familiares y allegados de la víctima y otras personas que darán cuenta de los vínculos entre los involucrados y de circunstancias relevantes para la investigación.

La querella adhirió a lo presentado por la fiscalía. 

En tanto, el defensor particular del imputado, presentó la nómina de testigos y documental acorde a sus intereses procesales. 

El hecho precedente corresponde a un homicidio ocurrido el 7 de abril de 2024 en inmediaciones de la avenida Esandi y la ruta de Circunvalación de esta ciudad. Por ese hecho ya fueron condenadas tres personas, tras acreditarse la planificación previa, el traslado de la víctima mediante engaño y el ataque que culminó con su muerte por un disparo de arma de fuego.

Se prevé que el debate se desarrolle en al menos cinco jornadas y que declaren entre cuarenta y cincuenta testigos. Se solicitará a la Oficina Judicial que fije fecha para la realización del juicio.

Los hechos fueron calificados como encubrimiento agravado, en carácter de autor, conforme a lo previsto en el artículo 277 inciso 1° apartados a) y b), agravado por el inciso 3° apartado a) del Código Penal. El juicio será llevado adelante por un tribunal unipersonal, en función de la pena requerida.