Tras el recurso interpuesto por la defensa particular del anestesiólogo condenado por el delito de “homicidio culposo” en perjuicio de Valentín Mercado Toledo, la fiscalía y la querella solicitaron al Tribunal de Impugnación de Río Negro que confirme la sentencia en todos sus términos.
En este sentido, y frente al planteo de la defensa que procura su absolución o de manera subsidiaria una reducción de la pena y que la inhabilitación para el ejercicio profesional se limite al ámbito pediátrico, el fiscal del caso sostuvo que “el desenlace pudo haberse evitado y que la inhabilitación debe mantenerse para el ejercicio general de la medicina, tal como fue resuelto en el juicio”.
El Ministerio Público Fiscal argumentó que “se ha probado la existencia de un consentimiento informado en el cual el anestesiólogo asumía la responsabilidad de cuidar y velar por el paciente durante toda la intervención, lo que no ocurrió en este caso”.
“Lo sucedido fue que la desatención por parte del imputado impidió advertir el súbito taponamiento, lo que derivó en un paro cardíaco. Si bien posteriormente, mediante la administración de adrenalina y el cambio del tubo traqueal, el paciente fue estabilizado, la demora fue tan prolongada que el daño cerebral resultó irreversible, provocando el fallecimiento del niño. Fueron cuatro minutos iniciales y determinantes en los que el profesional debió haber actuado conforme a su rol y evitar poner en riesgo la vida del paciente”, explicó el fiscal.
Asimismo, el Ministerio Público Fiscal señaló que “durante el debate no se evidenció ninguna afectación al derecho de defensa, sino por el contrario, un ejercicio activo de la misma, incluso con la decisión de desistir de su propio perito de parte”.
La querella acompañó los argumentos expuestos por la fiscalía.
Luego de formular algunas consultas a las partes, los integrantes del Tribunal de Impugnación dieron por concluida la audiencia y pasaron a deliberar.
La fiscalía sostuvo la condena del anestesiólogo ante el Tribunal de Impugnación
Tras el recurso interpuesto por la defensa particular del anestesiólogo condenado por el delito de “homicidio culposo” en perjuicio de Valentín Mercado Toledo, la fiscalía y la querella solicitaron al Tribunal de Impugnación de Río Negro que confirme la sentencia en todos sus términos.
En este sentido, y frente al planteo de la defensa que procura su absolución o de manera subsidiaria una reducción de la pena y que la inhabilitación para el ejercicio profesional se limite al ámbito pediátrico, el fiscal del caso sostuvo que “el desenlace pudo haberse evitado y que la inhabilitación debe mantenerse para el ejercicio general de la medicina, tal como fue resuelto en el juicio”.
El Ministerio Público Fiscal argumentó que “se ha probado la existencia de un consentimiento informado en el cual el anestesiólogo asumía la responsabilidad de cuidar y velar por el paciente durante toda la intervención, lo que no ocurrió en este caso”.
“Lo sucedido fue que la desatención por parte del imputado impidió advertir el súbito taponamiento, lo que derivó en un paro cardíaco. Si bien posteriormente, mediante la administración de adrenalina y el cambio del tubo traqueal, el paciente fue estabilizado, la demora fue tan prolongada que el daño cerebral resultó irreversible, provocando el fallecimiento del niño. Fueron cuatro minutos iniciales y determinantes en los que el profesional debió haber actuado conforme a su rol y evitar poner en riesgo la vida del paciente”, explicó el fiscal.
Asimismo, el Ministerio Público Fiscal señaló que “durante el debate no se evidenció ninguna afectación al derecho de defensa, sino por el contrario, un ejercicio activo de la misma, incluso con la decisión de desistir de su propio perito de parte”.
La querella acompañó los argumentos expuestos por la fiscalía.
Luego de formular algunas consultas a las partes, los integrantes del Tribunal de Impugnación dieron por concluida la audiencia y pasaron a deliberar.







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