Una mujer que conducía un vehículo por un boulevard viedmense enfrentará una causa penal en la que la Fiscalía buscará corroborar que produjo un siniestro vial al embestir a otro auto que circulaba por una calle perpendicular. Ello por no respetar las normas de circulación, ni la prioridad de paso. El abogado defensor se opuso a esta pretensión. La jueza de garantías, en tanto, habilitó la investigación penal para que ambas partes reunan evidencia que les permita sostener posiciones contrarias.
El hecho se produjo en la madrugada del 15 de agosto pasado en la intersección del boulevar Ituzaingó y la calle Winter. La Fiscalía sostuvo que la mujer tuvo un accionar negligente y antirreglamentario, que derivó en lesiones graves certificadas en el conductor del otro vehículo involucrado y daños materiales como consecuencia del choque. Afirmó en ese sentido que la pericia accidentológica refiere que fue ella quien no respetó las normas de circulación y que la prioridad correspondía al vehículo que transitaba por la calle asfaltada.
Por ello, hoy se le formularon cargos por el delito de lesiones graves culposas agravadas por la conducción negligente y antirreglamentaria de un vehículo automotor. Tal acusación se sustenta en la denuncia penal, el certificado médico de la víctima, los resultados de las tareas realizadas por el Gabinete de Criminalística entre otros elementos. a dichas evidencias se incorporan adempas resultados médicos más específicos en relación con las lesiones sufridas por el hombre que requieren evaluación permanente.
El abogado defensor rechazó la imputación. Sostuvo que desconoce cuál sería la conducta antirreglamentaria atribuida a su asistida, ya que, si bien circulaba por una calle de ripio, lo hacía por la derecha. Sostuvo que ella fue embestida por quien sería la presunta víctima, que conducía a alta velocidad y produjo el impacto cuando la mujer ya había sobrepasado la mitad del cruce entre ambas calles.
Durante la audiencia se debatió extensamente acerca de la evidencia que permitiría determinar cuál de los dos conductores fue el embistente y cuál el embestido. Sin perjuicio de la zona en la que se produjo el choque, la Fiscalía entendió que la mujer es la responsable por haber ingresado desde una calle de ripio a una calle asfaltada con un vehículo de mayor porte, contrariando las normas de tránsito.
En el marco de esta discusión, se leyeron partes de la pericia accidentológica, la cual daría cuenta de la presunta responsabilidad de la mujer.
Luego de escuchar a las partes, la jueza de Garantías que encabezó la audiencia aclaró que esta instancia que habilita hoy constituye la oportunidad de la mujer para ejercer su defensa respecto del hecho que se le atribuye entendiendo que la controversia obedecía a la existencia de teorías del caso diferentes entre las partes, que podrán ser investigadas y profundizadas durante la etapa de investigación penal preparatoria que comienza hoy y se extenderá por los próximos cuatro meses.
Acusan a una mujer de provocar un choque por no respetar la prioridad de paso
Una mujer que conducía un vehículo por un boulevard viedmense enfrentará una causa penal en la que la Fiscalía buscará corroborar que produjo un siniestro vial al embestir a otro auto que circulaba por una calle perpendicular. Ello por no respetar las normas de circulación, ni la prioridad de paso. El abogado defensor se opuso a esta pretensión. La jueza de garantías, en tanto, habilitó la investigación penal para que ambas partes reunan evidencia que les permita sostener posiciones contrarias.
El hecho se produjo en la madrugada del 15 de agosto pasado en la intersección del boulevar Ituzaingó y la calle Winter. La Fiscalía sostuvo que la mujer tuvo un accionar negligente y antirreglamentario, que derivó en lesiones graves certificadas en el conductor del otro vehículo involucrado y daños materiales como consecuencia del choque. Afirmó en ese sentido que la pericia accidentológica refiere que fue ella quien no respetó las normas de circulación y que la prioridad correspondía al vehículo que transitaba por la calle asfaltada.
Por ello, hoy se le formularon cargos por el delito de lesiones graves culposas agravadas por la conducción negligente y antirreglamentaria de un vehículo automotor. Tal acusación se sustenta en la denuncia penal, el certificado médico de la víctima, los resultados de las tareas realizadas por el Gabinete de Criminalística entre otros elementos. a dichas evidencias se incorporan adempas resultados médicos más específicos en relación con las lesiones sufridas por el hombre que requieren evaluación permanente.
El abogado defensor rechazó la imputación. Sostuvo que desconoce cuál sería la conducta antirreglamentaria atribuida a su asistida, ya que, si bien circulaba por una calle de ripio, lo hacía por la derecha. Sostuvo que ella fue embestida por quien sería la presunta víctima, que conducía a alta velocidad y produjo el impacto cuando la mujer ya había sobrepasado la mitad del cruce entre ambas calles.
Durante la audiencia se debatió extensamente acerca de la evidencia que permitiría determinar cuál de los dos conductores fue el embistente y cuál el embestido. Sin perjuicio de la zona en la que se produjo el choque, la Fiscalía entendió que la mujer es la responsable por haber ingresado desde una calle de ripio a una calle asfaltada con un vehículo de mayor porte, contrariando las normas de tránsito.
En el marco de esta discusión, se leyeron partes de la pericia accidentológica, la cual daría cuenta de la presunta responsabilidad de la mujer.
Luego de escuchar a las partes, la jueza de Garantías que encabezó la audiencia aclaró que esta instancia que habilita hoy constituye la oportunidad de la mujer para ejercer su defensa respecto del hecho que se le atribuye entendiendo que la controversia obedecía a la existencia de teorías del caso diferentes entre las partes, que podrán ser investigadas y profundizadas durante la etapa de investigación penal preparatoria que comienza hoy y se extenderá por los próximos cuatro meses.







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