En la jornada de hoy se realizó el juicio de cesura en el que acusación y defensa argumentaron los respectivos pedidos de pena pretendidos para un abuelo que abusó mediante tocamientos, de dos de sus nietas cuando ambas eran niñas. El hombre había sido declarado culpable en el mes de febrero pasado, pero condiciones adversas de salud imposibilitaron realizar antes la audiencia de hoy en la que, primero, se escuchó a una decena de testigos.
La acusación estuvo integrada por Fiscalía, la abogada querellante acompañada en la instancia por una de las víctimas que ya es mayor de edad y el Defensor de niñas, niños y adolesntes; los tres coincidieron en requerir una pena de 3 años y 8 meses de prisión efectiva.
La Fiscal Maricel Viotti Zilli fue la primera en hacer uso de la palabra, recordó que uno de los hechos ocurrió entre los años 2014 y 2017 y el segundo durante los primeros días de septiembre de 2019. Destacó extractos de los testimonios que se escucharon durante la primera parte de la instancia que incluyeron declaraciones que ambas víctimas habían brindado en Cámara Gesell, de su madre, su abuelo materno, su padre, peritos y otros familiares y amigos.
Al formular su pedido de pena, Viotti Zilli sostuvo que el relato de las niñas permitió acreditar los hechos cometidos por su propio abuelo y consideró como agravantes la naturaleza de las acción, el número de víctimas y, especialmente, que quien las abusó era una persona adulta y referente de confianza de ambas.
Destacó además la marcada asimetría existente entre el acusado y sus nietas, con más de 40 años de diferencia de edad, y sostuvo que el hombre se valió de la vulnerabilidad propia de las niñas y del vínculo familiar. Agregó en relación a su nivel intelectual que se trataba de un adulto que había trabajado como policía y que, por lo tanto, conocía las consecuencias de sus actos a pesar de su escasa instrucción formal.
Entre los testimonios producidos durante la audiencia se escuchó a la madre de las víctimas, quien describió cambios en el comportamiento de sus hijas. También declaró la perito forense que las había evaluado. La acusación ponderó, como circunstancias atenuantes, la falta de antecedentes penales pero, al fundamentar la necesidad de una pena efectiva, mencionó que era importante considerar los objetivos de resocialización.
La abogada querellante acompañó el pedido de la Fiscalía de "una pena no menor a los 3 años y 8 meses" y destacó la posibilidad que tuvieron las dos víctimas de denunciar y participar del proceso judicial. Sostuvo que el accionar del acusado afectó no sólo la integridad de sus nietas y la confianza depositada en él, sino también los vínculos de todo el grupo familiar.
En el mismo sentido se expresó el Defensor de Niñez, quien consideró acreditados como agravantes el abuso de confianza, la pluralidad de víctimas, su condición de niñas y mujeres y la marcada diferencia de edad respecto del acusado. Como atenuantes mencionó la ausencia de antecedentes penales y las condiciones de salud del hombre adhiriendo también al pedido de pena precedente.
El defensor oficial Pedro Vega, en cambio, solicitó que se imponga el mínimo previsto para la figura penal: tres años de prisión de ejecución condicional. Cuestionó diversos aspectos de la valoración propuesta por las acusaciones y sostuvo que algunas de las circunstancias mencionadas como agravantes ya se encuentran contempladas por el propio delito por el cual el hombre fue declarado responsable.
En particular, la Defensa discutió que durante la audiencia se hubiera acreditado un daño postraumático en los términos expuestos por las acusaciones y sostuvo que tampoco corresponde atribuir al acusado todas las consecuencias producidas posteriormente en el grupo familiar ni efectuar una valoración sobre eventuales daños futuros.
Pidió además que se ponderen como atenuantes el nivel educativo del acusado, su falta de antecedentes y la conducta que mantuvo durante el proceso, especialmente el cumplimiento de las pautas que le fueron impuestas. También hizo referencia a las conclusiones de un informe socioambiental elaborado por la Oficina de Servicio Social que fue incorporado como prueba en el dabate de cesura a través de la Lic. en Trabajo Social que lo desarrolló.
Agregó al pedido de pena la necesidad de imponer reglas de conducta durante dos años, entre ellas la obligatoriedad del hombre de realizar tratamiento psicológico.
Antes de finalizar, una de las víctimas presentes en el juicio tomó la palabra y pidió que el hombre pague por lo que había hecho, luego de ello el tribunal compuesto por los jueces Carlos Reussi, Marcelo Chironi y Guillermo Bustamante cerró la instancia e informó que la sentencia se dará a conocer en los próximos días.
En la jornada de hoy se realizó el juicio de cesura en el que acusación y defensa argumentaron los respectivos pedidos de pena pretendidos para un abuelo que abusó mediante tocamientos, de dos de sus nietas cuando ambas eran niñas. El hombre había sido declarado culpable en el mes de febrero pasado, pero condiciones adversas de salud imposibilitaron realizar antes la audiencia de hoy en la que, primero, se escuchó a una decena de testigos.
La acusación estuvo integrada por Fiscalía, la abogada querellante acompañada en la instancia por una de las víctimas que ya es mayor de edad y el Defensor de niñas, niños y adolesntes; los tres coincidieron en requerir una pena de 3 años y 8 meses de prisión efectiva.
La Fiscal Maricel Viotti Zilli fue la primera en hacer uso de la palabra, recordó que uno de los hechos ocurrió entre los años 2014 y 2017 y el segundo durante los primeros días de septiembre de 2019. Destacó extractos de los testimonios que se escucharon durante la primera parte de la instancia que incluyeron declaraciones que ambas víctimas habían brindado en Cámara Gesell, de su madre, su abuelo materno, su padre, peritos y otros familiares y amigos.
Al formular su pedido de pena, Viotti Zilli sostuvo que el relato de las niñas permitió acreditar los hechos cometidos por su propio abuelo y consideró como agravantes la naturaleza de las acción, el número de víctimas y, especialmente, que quien las abusó era una persona adulta y referente de confianza de ambas.
Destacó además la marcada asimetría existente entre el acusado y sus nietas, con más de 40 años de diferencia de edad, y sostuvo que el hombre se valió de la vulnerabilidad propia de las niñas y del vínculo familiar. Agregó en relación a su nivel intelectual que se trataba de un adulto que había trabajado como policía y que, por lo tanto, conocía las consecuencias de sus actos a pesar de su escasa instrucción formal.
Entre los testimonios producidos durante la audiencia se escuchó a la madre de las víctimas, quien describió cambios en el comportamiento de sus hijas. También declaró la perito forense que las había evaluado. La acusación ponderó, como circunstancias atenuantes, la falta de antecedentes penales pero, al fundamentar la necesidad de una pena efectiva, mencionó que era importante considerar los objetivos de resocialización.
La abogada querellante acompañó el pedido de la Fiscalía de "una pena no menor a los 3 años y 8 meses" y destacó la posibilidad que tuvieron las dos víctimas de denunciar y participar del proceso judicial. Sostuvo que el accionar del acusado afectó no sólo la integridad de sus nietas y la confianza depositada en él, sino también los vínculos de todo el grupo familiar.
En el mismo sentido se expresó el Defensor de Niñez, quien consideró acreditados como agravantes el abuso de confianza, la pluralidad de víctimas, su condición de niñas y mujeres y la marcada diferencia de edad respecto del acusado. Como atenuantes mencionó la ausencia de antecedentes penales y las condiciones de salud del hombre adhiriendo también al pedido de pena precedente.
El defensor oficial Pedro Vega, en cambio, solicitó que se imponga el mínimo previsto para la figura penal: tres años de prisión de ejecución condicional. Cuestionó diversos aspectos de la valoración propuesta por las acusaciones y sostuvo que algunas de las circunstancias mencionadas como agravantes ya se encuentran contempladas por el propio delito por el cual el hombre fue declarado responsable.
En particular, la Defensa discutió que durante la audiencia se hubiera acreditado un daño postraumático en los términos expuestos por las acusaciones y sostuvo que tampoco corresponde atribuir al acusado todas las consecuencias producidas posteriormente en el grupo familiar ni efectuar una valoración sobre eventuales daños futuros.
Pidió además que se ponderen como atenuantes el nivel educativo del acusado, su falta de antecedentes y la conducta que mantuvo durante el proceso, especialmente el cumplimiento de las pautas que le fueron impuestas. También hizo referencia a las conclusiones de un informe socioambiental elaborado por la Oficina de Servicio Social que fue incorporado como prueba en el dabate de cesura a través de la Lic. en Trabajo Social que lo desarrolló.
Agregó al pedido de pena la necesidad de imponer reglas de conducta durante dos años, entre ellas la obligatoriedad del hombre de realizar tratamiento psicológico.
Antes de finalizar, una de las víctimas presentes en el juicio tomó la palabra y pidió que el hombre pague por lo que había hecho, luego de ello el tribunal compuesto por los jueces Carlos Reussi, Marcelo Chironi y Guillermo Bustamante cerró la instancia e informó que la sentencia se dará a conocer en los próximos días.







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