Era domingo al mediodía - antes de que comenzaran las vacaciones de invierno - la ex pareja de la mamá de tres niños ingresó a la casa de la víctima por una ventana de la habitación. Frente a las criaturas, golpeó a la mujer, la amenazó con matarla y luego de un llamado telefónico fue aprehendido por la policía en el lugar.
Contando con la conformidad de la señora, la fiscalía solicitó que fuera condenado a la pena efectiva única de un año y dos meses de prisión. Además, tanto el Ministerio Público Fiscal como la defensa penal pública, renunciaron a los plazos procesales y tras conocerse la resolución del juez interviniente, el hombre ya cumple la condena.
El hecho por el cual aceptó su responsabilidad ocurrió “alrededor de las 13:10 en General Roca, cuando el hombre ingresó por la fuerza a la casa donde estaba su ex pareja junto a los tres hijos de ella – uno en común con el imputado – y fue en ese contexto que tomó un cuchillo y la amenazó de muerte”, explicó la fiscal del caso Natalia Pascual.
“Fue un llamado a la policía lo que permitió que la actitud del hombre cesara y que fuera detenido. Al día siguiente del hecho, le formulamos cargos y pedimos la prisión preventiva, razón por la cual hoy llegó detenido a esta audiencia”, mencionó la representante fiscal.
La calificación legal por la cual fue condenado es la de “violación de domicilio, lesiones leves doblemente calificadas por el vínculo y por haber sido cometidas por un hombre contra una mujer mediando violencia de género, y amenazas calificadas, todo en concurso real”, en el marco de la Ley 26,485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos donde desarrollen sus relaciones interpersonales.
Entre el sustento probatorio mencionado se encuentra la denuncia penal realizada por la víctima, un video donde se observa la agresión recibida, el acta de procedimiento del Destacamento 177, el certificado confeccionado por el Hospital de General Roca, la intervención del Gabinete de Criminalística.
Además, la evaluación de riesgo concretada por las profesionales de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), las entrevistas a los vecinos y el informe del Cuerpo de Investigación Forense (CIF) de la Segunda Circunscripción Judicial.
Asistido por el defensor penal público, Juan Pablo Chirinos, el imputado reconoció frente al juez Maximiliano Camarda haber cometido los hechos, también aceptó la calificación legal y la pena a cumplir.
Era domingo al mediodía - antes de que comenzaran las vacaciones de invierno - la ex pareja de la mamá de tres niños ingresó a la casa de la víctima por una ventana de la habitación. Frente a las criaturas, golpeó a la mujer, la amenazó con matarla y luego de un llamado telefónico fue aprehendido por la policía en el lugar.
Contando con la conformidad de la señora, la fiscalía solicitó que fuera condenado a la pena efectiva única de un año y dos meses de prisión. Además, tanto el Ministerio Público Fiscal como la defensa penal pública, renunciaron a los plazos procesales y tras conocerse la resolución del juez interviniente, el hombre ya cumple la condena.
El hecho por el cual aceptó su responsabilidad ocurrió “alrededor de las 13:10 en General Roca, cuando el hombre ingresó por la fuerza a la casa donde estaba su ex pareja junto a los tres hijos de ella – uno en común con el imputado – y fue en ese contexto que tomó un cuchillo y la amenazó de muerte”, explicó la fiscal del caso Natalia Pascual.
“Fue un llamado a la policía lo que permitió que la actitud del hombre cesara y que fuera detenido. Al día siguiente del hecho, le formulamos cargos y pedimos la prisión preventiva, razón por la cual hoy llegó detenido a esta audiencia”, mencionó la representante fiscal.
La calificación legal por la cual fue condenado es la de “violación de domicilio, lesiones leves doblemente calificadas por el vínculo y por haber sido cometidas por un hombre contra una mujer mediando violencia de género, y amenazas calificadas, todo en concurso real”, en el marco de la Ley 26,485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos donde desarrollen sus relaciones interpersonales.
Entre el sustento probatorio mencionado se encuentra la denuncia penal realizada por la víctima, un video donde se observa la agresión recibida, el acta de procedimiento del Destacamento 177, el certificado confeccionado por el Hospital de General Roca, la intervención del Gabinete de Criminalística.
Además, la evaluación de riesgo concretada por las profesionales de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), las entrevistas a los vecinos y el informe del Cuerpo de Investigación Forense (CIF) de la Segunda Circunscripción Judicial.
Asistido por el defensor penal público, Juan Pablo Chirinos, el imputado reconoció frente al juez Maximiliano Camarda haber cometido los hechos, también aceptó la calificación legal y la pena a cumplir.







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