Viernes 16 de Octubre de 2026

MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA / GENERAL ROCA
Crueldad animal: se declaró la absolución del imputado

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Este mediodía, haciendo lugar a la teoría del caso de la defensa penal pública vinculada con que el imputado realizó los disparos para defender a sus hijos y a su mascota y no para causarle un sufrimiento innecesario a Horus, la jueza interviniente resolvió absolver al imputado por el beneficio de la duda.

Los defensores Miguel Salomón y Máximo Ballvé sostuvieron en sus alegatos que "el perro Horus, por la raza a la que pertenece, integra un listado de perros potencialmente peligrosos”. Destacaron que “existe una ordenanza municipal específica sobre tenencia responsable de animales no humanos y mascotas” que fue incumplida por sus dueños. La misma pone en cabeza de ellos la obligación de mantenerlos encerrados. “No era responsabilidad del can no escaparse”, dijeron los defensores el pasado 8 de octubre.

“Nuestro asistido sí tuvo motivos para responder de la manera en que lo hizo ya que los otros perros atacaron a su hijo y después a su propio perro”, agregaron.

“Uno de los perros de los denunciantes era Pitbull Terrier y Horus, si bien era American Bully, era muy similar debido a que era el resultado de la cruza entre un Pitbull y un American Staffordshire Terrier, que son dos razas consideradas potencialmente peligrosas por la legislación rionegrina”, apuntó el defensor adjunto.

“Ocurrió un hecho lamentable que podría haberse evitado si se tomaban las precauciones del caso como dice la ley de Río Negro, que los perros potencialmente peligrosos deben ser albergados en instalaciones seguras y resistentes, que impidan su huida. Si se hubiera cumplido esta ley, no estaríamos acá y el perro estaría vivo”, concluyó la defensa penal pública.

La jueza Verónica Rodriguez tuvo en cuenta estas consideraciones al resolver, al igual que los precedentes “Abdala”- donde el Superior Tribunal de Justicia decidió absolver al imputado por la muerte del perro Byron, en un caso donde la acusación no había logrado demostrar que el autor hubiera actuado con la perversidad requerida por el tipo penal-.

En cambio la acusación – tanto pública como privada- había requerido que se declare al hombre responsable penal ya que “la acción del imputado fue desplegada de manera deliberada con el sólo fin de lastimar y causar un sufrimiento innecesario a Horus”, tal como sostuvo al momento de alegar el fiscal Marcelo Ramos.

 


Viernes 16 de Octubre de 2026
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Crueldad animal: se declaró la absolución del imputado
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Este mediodía, haciendo lugar a la teoría del caso de la defensa penal pública vinculada con que el imputado realizó los disparos para defender a sus hijos y a su mascota y no para causarle un sufrimiento innecesario a Horus, la jueza interviniente resolvió absolver al imputado por el beneficio de la duda.

Los defensores Miguel Salomón y Máximo Ballvé sostuvieron en sus alegatos que "el perro Horus, por la raza a la que pertenece, integra un listado de perros potencialmente peligrosos”. Destacaron que “existe una ordenanza municipal específica sobre tenencia responsable de animales no humanos y mascotas” que fue incumplida por sus dueños. La misma pone en cabeza de ellos la obligación de mantenerlos encerrados. “No era responsabilidad del can no escaparse”, dijeron los defensores el pasado 8 de octubre.

“Nuestro asistido sí tuvo motivos para responder de la manera en que lo hizo ya que los otros perros atacaron a su hijo y después a su propio perro”, agregaron.

“Uno de los perros de los denunciantes era Pitbull Terrier y Horus, si bien era American Bully, era muy similar debido a que era el resultado de la cruza entre un Pitbull y un American Staffordshire Terrier, que son dos razas consideradas potencialmente peligrosas por la legislación rionegrina”, apuntó el defensor adjunto.

“Ocurrió un hecho lamentable que podría haberse evitado si se tomaban las precauciones del caso como dice la ley de Río Negro, que los perros potencialmente peligrosos deben ser albergados en instalaciones seguras y resistentes, que impidan su huida. Si se hubiera cumplido esta ley, no estaríamos acá y el perro estaría vivo”, concluyó la defensa penal pública.

La jueza Verónica Rodriguez tuvo en cuenta estas consideraciones al resolver, al igual que los precedentes “Abdala”- donde el Superior Tribunal de Justicia decidió absolver al imputado por la muerte del perro Byron, en un caso donde la acusación no había logrado demostrar que el autor hubiera actuado con la perversidad requerida por el tipo penal-.

En cambio la acusación – tanto pública como privada- había requerido que se declare al hombre responsable penal ya que “la acción del imputado fue desplegada de manera deliberada con el sólo fin de lastimar y causar un sufrimiento innecesario a Horus”, tal como sostuvo al momento de alegar el fiscal Marcelo Ramos.