Esta mañana el titular de la Unidad Fiscal de Delitos contra las personas de General Roca, Luciano Garrido, solicitó el procesamiento y prisión preventiva del hombre acusado de “violación de domicilio, rapto-respecto de la denunciante víctima- en concurso real con privación ilegítima de la libertad -de la hija menor de la víctima- y abuso sexual con acceso carnal de la víctima mayor”.
Respecto de la prisión preventiva el representante del Ministerio Público Fiscal argumentó que “la calificación legal de los hechos imputados preveen un monto de pena que, en el hipotético caso de recaer condena, la misma será de cumplimiento efectivo”.
En lo relativo a los riesgos procesales, Garrido explicó que “ante la grave acusación y el grado de culpabilidad que pesa sobre el imputado, sumado a la postura asumida luego de ocurrido el hecho, considero que el riesgo de fuga sigue vigente”. E hizo referencia a que el acusado se entregó una vez que vio “agotadas todas sus posibilidades de continuar sustrayéndose al accionar de la justicia”.
En el pedido realizado al Juez Juan Pablo Chirinos, el Fiscal agregó que “no es una cuestión menor destacar que si bien no registra antecedentes computables, lo cierto es que cuenta con varias causas en trámite”. Destacó una de similares características a la del hecho que sucedió el 25 de junio pasado, por aquella se dispuso su procesamiento y fue beneficiado con la libertad provisoria. Finalmente, el representante del Ministerio Público Fiscal expresó que “tal circunstancia entiendo que torna operativa la restricción de un nuevo beneficio de esas características”.
Cabe recordar que el hombre se encuentra detenido y que en la audiencia de indagatoria se negó a declarar.
El hecho ocurrió el 25 de junio a la mañana, cuando la víctima estaba en su casa junto a su hija menor de edad y fueron sorprendidas por el hombre que ingresó a la vivienda rompiendo un vidrio. Las intimidó y las condujo en su auto hasta su casa. Una vez allí le dijo a la mujer que durmiera a la nena en cinco minutos “sino iba a ser peor”. La menor quedó en la cocina y el sujeto abusó sexualmente de la mujer. Inmediatamente después las dos lograron escapar de la casa.
Nota: Cabe destacar la diferencia entre la figura penal de rapto del Código Penal señalado en el art. 130 que dice “cuando se sustrajere o retuviese a una persona por medio de la fuerza o intimidación para menoscabar su integridad sexual”. A diferencia del art. 141 acerca de la privación ilegítima de la libertad, que explicita que “se priva a una persona de su libertad personal, ambulatoria”.
Solicitan procesamiento y prisión preventiva en caso de rapto y abuso
Esta mañana el titular de la Unidad Fiscal de Delitos contra las personas de General Roca, Luciano Garrido, solicitó el procesamiento y prisión preventiva del hombre acusado de “violación de domicilio, rapto-respecto de la denunciante víctima- en concurso real con privación ilegítima de la libertad -de la hija menor de la víctima- y abuso sexual con acceso carnal de la víctima mayor”.
Respecto de la prisión preventiva el representante del Ministerio Público Fiscal argumentó que “la calificación legal de los hechos imputados preveen un monto de pena que, en el hipotético caso de recaer condena, la misma será de cumplimiento efectivo”.
En lo relativo a los riesgos procesales, Garrido explicó que “ante la grave acusación y el grado de culpabilidad que pesa sobre el imputado, sumado a la postura asumida luego de ocurrido el hecho, considero que el riesgo de fuga sigue vigente”. E hizo referencia a que el acusado se entregó una vez que vio “agotadas todas sus posibilidades de continuar sustrayéndose al accionar de la justicia”.
En el pedido realizado al Juez Juan Pablo Chirinos, el Fiscal agregó que “no es una cuestión menor destacar que si bien no registra antecedentes computables, lo cierto es que cuenta con varias causas en trámite”. Destacó una de similares características a la del hecho que sucedió el 25 de junio pasado, por aquella se dispuso su procesamiento y fue beneficiado con la libertad provisoria. Finalmente, el representante del Ministerio Público Fiscal expresó que “tal circunstancia entiendo que torna operativa la restricción de un nuevo beneficio de esas características”.
Cabe recordar que el hombre se encuentra detenido y que en la audiencia de indagatoria se negó a declarar.
El hecho ocurrió el 25 de junio a la mañana, cuando la víctima estaba en su casa junto a su hija menor de edad y fueron sorprendidas por el hombre que ingresó a la vivienda rompiendo un vidrio. Las intimidó y las condujo en su auto hasta su casa. Una vez allí le dijo a la mujer que durmiera a la nena en cinco minutos “sino iba a ser peor”. La menor quedó en la cocina y el sujeto abusó sexualmente de la mujer. Inmediatamente después las dos lograron escapar de la casa.
Nota: Cabe destacar la diferencia entre la figura penal de rapto del Código Penal señalado en el art. 130 que dice “cuando se sustrajere o retuviese a una persona por medio de la fuerza o intimidación para menoscabar su integridad sexual”. A diferencia del art. 141 acerca de la privación ilegítima de la libertad, que explicita que “se priva a una persona de su libertad personal, ambulatoria”.