Martes 16 de Diciembre de 2025

MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA / FERNÁNDEZ ORO
Pidió la restitución de su vivienda porque la inquilina no cuidaba el jardín

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Un hombre acudió al Centro de Mediaciones para acordar con una inquilina el desalojo de una vivienda que se encontraba bajo un contrato de alquiler. El propietario entendía que la vivienda no estaba siendo cuidada como correspondía, y solicitó que sea restituida. 

 

El hombre, trabajador del área de la salud, acordó un contrato de alquiler con una compañera de trabajo. El convenio establecía el uso de una vivienda amoblada en la ciudad de Fernández Oro.

El contrato prosperó en buenos términos, sin embargo con el correr de los meses el propietario advirtió que el inmueble no se encontraba siendo cuidado como lo habían establecido, principalmente por la falta de mantenimiento del jardín, uno de los puntos donde el hombre hizo hincapié para iniciar el reclamo.

Con representación de la Defensa Pública, el propietario propició una reunión en el Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos.

El encuentro se llevó a cabo a principio de mes, y la requirente acudió con un abogado particular.

Tras un extenso diálogo entre las partes, se acordó que la inquilina deberá desalojar y entregar la vivienda en un plazo máximo con fecha dispuesta el 30 de noviembre de 2026.

Además, consensuaron una autorización para que el propietario pueda ingresar al inmueble. Según expresó el requirente en la audiencia, es necesario el ingreso para retirar diferentes pertenencias que guardó en el lugar, lo que podrá realizarlo con previa autorización de la inquilina.

Nota vinculada: Resolvieron en mediación un conflicto originado por una publicación en Facebook

También se acordó el cambio de la titularidad del medidor de la luz, trámite a realizar por la mujer ante la empresa Edersa.

Desde el Cimarc destacaron que a través del diálogo se pudo acordar la desocupación en buenos términos de un inmueble bajo contrato de alquiler, reclamo que no suele tener éxito en esta instancia debido a que los inquilinos, por lo general, no se presentan a las reuniones o los expedientes se cierran sin resultados positivos para las partes.

Mediación, un proceso extrajudicial eficiente para resolver conflictos

En Río Negro hay reclamos en los que se debe agotar la instancia de mediación prejudicial antes de iniciar una demanda. Este proceso se puede iniciar con un abogado particular o solicitar la asistencia de una Defensoría Pública.

En Fernández Oro el Cimarc se encuentra ubicado en calle Avenida Cipolletti 321. Las admisiones se pueden tramitar de forma presencial, al teléfono 0299-5678 interno 410 o al correo electrónico cimarcoro@jusrionegro.gov.ar

Glosario:
Requirente: persona que inicia el reclamo de mediación
Requerida: persona a quien se le realiza un reclamo de mediación

Nota vinculada: Un hombre fortaleció el vínculo con sus hijas tras una mediación por un desalojo

 


Martes 16 de Diciembre de 2025
MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA / FERNÁNDEZ ORO
Pidió la restitución de su vivienda porque la inquilina no cuidaba el jardín
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Un hombre acudió al Centro de Mediaciones para acordar con una inquilina el desalojo de una vivienda que se encontraba bajo un contrato de alquiler. El propietario entendía que la vivienda no estaba siendo cuidada como correspondía, y solicitó que sea restituida. 

 

El hombre, trabajador del área de la salud, acordó un contrato de alquiler con una compañera de trabajo. El convenio establecía el uso de una vivienda amoblada en la ciudad de Fernández Oro.

El contrato prosperó en buenos términos, sin embargo con el correr de los meses el propietario advirtió que el inmueble no se encontraba siendo cuidado como lo habían establecido, principalmente por la falta de mantenimiento del jardín, uno de los puntos donde el hombre hizo hincapié para iniciar el reclamo.

Con representación de la Defensa Pública, el propietario propició una reunión en el Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos.

El encuentro se llevó a cabo a principio de mes, y la requirente acudió con un abogado particular.

Tras un extenso diálogo entre las partes, se acordó que la inquilina deberá desalojar y entregar la vivienda en un plazo máximo con fecha dispuesta el 30 de noviembre de 2026.

Además, consensuaron una autorización para que el propietario pueda ingresar al inmueble. Según expresó el requirente en la audiencia, es necesario el ingreso para retirar diferentes pertenencias que guardó en el lugar, lo que podrá realizarlo con previa autorización de la inquilina.

Nota vinculada: Resolvieron en mediación un conflicto originado por una publicación en Facebook

También se acordó el cambio de la titularidad del medidor de la luz, trámite a realizar por la mujer ante la empresa Edersa.

Desde el Cimarc destacaron que a través del diálogo se pudo acordar la desocupación en buenos términos de un inmueble bajo contrato de alquiler, reclamo que no suele tener éxito en esta instancia debido a que los inquilinos, por lo general, no se presentan a las reuniones o los expedientes se cierran sin resultados positivos para las partes.

Mediación, un proceso extrajudicial eficiente para resolver conflictos

En Río Negro hay reclamos en los que se debe agotar la instancia de mediación prejudicial antes de iniciar una demanda. Este proceso se puede iniciar con un abogado particular o solicitar la asistencia de una Defensoría Pública.

En Fernández Oro el Cimarc se encuentra ubicado en calle Avenida Cipolletti 321. Las admisiones se pueden tramitar de forma presencial, al teléfono 0299-5678 interno 410 o al correo electrónico cimarcoro@jusrionegro.gov.ar

Glosario:
Requirente: persona que inicia el reclamo de mediación
Requerida: persona a quien se le realiza un reclamo de mediación

Nota vinculada: Un hombre fortaleció el vínculo con sus hijas tras una mediación por un desalojo